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Baja embarazo de riesgo

21 Comentarios
Viendo 21 - 21 de 21 comentarios
21/01/2015 01:11
Según la LPRL el riesgo por embarazo la situación de IT es una situación profesional es decir son causas derivadas del trabajo que se desempeña y del riesgo que se corre por los agentes psíquicos, físicos y sensoriales derivados del trabajo y por tanto seria una contingencia profesional para la cual no se precisa el periodo de carencia de cotización.
SMO.
Baja embarazo de riesgo
21/01/2015 00:54
Buenas noches.

Quisiera hacer una consulta respecto a la baja por embarazo de riesgo. Lo que quisiera saber es si tienes derecho a percepción del 100% de tu salario si no completas los 180 días cotizados en los 5 años anteriores al trabajo que desempeñas en la actualidad y en el que has solicitado la baja. Apunto que es un trabajo en el régimen general, y que en años anteriores como por ejemplo en el 2009 tienes 180 días y en el 2008 365 días cotizados.

Es mi primera consulta en este foro, y agradecería que me echarais una mano. Gracias