Llevo 3 años y medio trabajando en categoría de ayudante en recepción, cuando mis tareas son las de una recepcionista, estando sola de turno y haciendo noches.
Quería saber si existe un máximo de años por ley en que una persona puede estar cómo ayudante.
En el caso de que sólo me limite a hacer las tareas de una ayudante y me niegue a cobrar y a hacer arqueos de caja y me despiden...podría demandar?
1. Si es aydte de recepción no existe ninguna ley que obligue a ascenderla, para ello debemos estar a lo que diga su convenio supongo que sera de la hosteleria pero su convenio es nacional o provincial? Si provincial de que provincia?
2 No puede negarse a hacer funciones de otras categorías o de categoría superior pero si lleva mas de 6 meses realizando esas funciones de categoría superior puede reclamar esa categoría sin embargo como le digo no puede negarse a hacer esas funciones desobedecer una orden es motivo de despido disciplinario.
SMO
Muchas gracias por la respuesta. El caso es que llevo más de 2 años haciendo tareas de recepcionista, trabajando sola, inclusive por la noche. Ya he reclamado la categoria superior pero me dan largas, sin decir que el resto de mis compañeros son todos de sexo masculino, a lo que soy la única mujer, cobrando menos......
Trabajo en la comunidad de Madrid.
Gracias y un saludo
Transcurrido ese tiempo si como dice hace funciones de categoría superior puede reclamar la misma pero no a la empresa que como usted bien dice le van a dar largas, sino ante la autoridad laboral (juzgado de lo social)