Yo quiero es vender el piso y yo y mis padres comprar un piso pequeño para nosotros ya que es un infierno vivir con mi hermana la convivencia con ella es muy mala
Pues puedes pedirle que te lo compre o se venda, y si no lo hace obligarle mediante demanda de división de la cosa común. Ya es cosa tuya si quieres o no "tirar" (entre comillas) a tu madre de su casa.
El piso mi madre y yo y mi hermana lo heredamos como herederos de la madre de mi madre y la mayor participación de propiedad la tiene mi madre y yo y mi hermana tenemos un tercio de participación de la propiedad y mi madre es la heredera universal del piso aparte también de la parte de mejora y nosotros somos de la parte de libre disposición como herederos
Pues habría que ver si hay constituido usufructo a favor de tu madre, y vosotras solo tenéis la nuda propiedad, o si se trata de un proindiviso.
Si es el primer caso, es como si fuera de tu madre y puede disponer de él. Si es un proindiviso, se puede forzar la venta mediante división de la cosa común.
Aparte me gustaría saber si quiero vender el piso y mi madre se niega por qué lo que quiere es seguir en su piso y que mi hermana se marche y yo quiero venderlo que es lo que puedo hacer
El cuñado como persona física e independiente no tiene ningún derecho, pero su mujer sí, y normalmente los matrimonios, salvo que se estén separando, conviven y hacen uso conjunto de las cosas de ambos, incluso privativas.
Él no tendrá derecho a la llave pero su mujer sí, y si su mujer quiere que la use su marido igual que ella, pues me parece perfectamente normal. Se la puede dar ella sin problema, al igual que a sus hijos si tiene.
Me gustaría saber si tengo obligacion de darle una copia de las llaves de mi casa al marido de mi hermana cuando los propietarios somos mi madre y mi hermana y yo y si al estar casar mi hermana si su marido tiene algún derecho sobre mi casa
Los hermanos solo tienen obligación de alimentos restringidos, es decir, subsistencia (educación no creo que la necesiten ya), y siempre tras orden judicial. De todos estos gastos ninguno entra (además de no tener orden) y no tienes que pagarles nada que no quieras.
Usted no tiene la obligación de satisfacer esos gastos.
Entre parientes existe la obligación de satisfacer las necesidades básicas de los ascendientes, los descendientes y los hermanos. Por necesidades básicas se entiende aquellas que son indispensables para la vida y la educación (comida, vivienda, ropa, etc.). La factura del teléfono puede entenderse incluida.
Sin embargo, para quedar usted obligado a la satisfacción de estas necesidades básicas de su hermana (que no de su pareja), esta tendría que interponer la correspondiente demanda. Además, en caso de que tengan la capacidad de hacerlo, antes que usted quedarían obligados los descendientes de su hermana y sus ascendientes.
Me gustaría saber si tengo obligacion de pagar la factura del teléfono de mi hermana y su marido ya que no la pueden pagar y si tengo obligacion de comprale tabaco a si marido ya que según el el tabaco le alivia unos dólares que tiene en la boca y si tenia obligación de comprales una mesa y una silla y unos cubiertos y una así que eh tenido que pagarles con mi dinero