o.k Dexter, gracias mil.
Personas como tu se necesitan en este foro. Son muchas las personas con problemas y que andan perdidas en asuntos legales. Gracias por estar ahi dando luz a tanta oscuridad. Que DIOS te proteja y te abra caminos en tu profesion para ayudar a los demas. Un cordial saludo.
Gracias Dexter.
Perdoname, no sabia lo de las mayusculas. Lo hago para no tener que acentuar las palabras, pero en este caso, tampoco lo hare. Muchas gracias por contestar a mi mensaje. Me lo has aclarado perfectamente.
otro punto es cuando dice: los hechos anteriormente descritos pueden ser constitutivos de un delito de APROPIACION INDEBIDA previsto y penado en el Art. 252 de CODIGO PENAL, en relacion con el articula 249 del mismo cuerpo legal, imputable en concepto de autor a D. ..... ..... ....
SEGUNDO. A la vista de lo actuado y pudiendo estar los hechos descritos comprendidos en el Art. 779 de la ley de enjuiciamiento Criminal, procede continuar el presente procedimiento por los tramites establecidos en el capitulo I del titulo II del Libro IV de la mencionada Ley, conforme a la redacion dada por la Ley 13/2003 y 15/2003.
Que pena minima y maxima se puede pedir al imputado de dicho delito? ¿Que indemnizacion minima y maxima es la estableciada para estos casos? Gracias anticipadas.
Que manía todos con mayúsculas... es muy ingrato leer estos mensajes.
En fin, es el auto que da por concluídas las diligencias previas (la instrucción) y abre el Procedimiento Abreviado contra el imputado. En él se da traslado a las partes personadas para formular acusación. Si quiere personarse como acusación particular, éste es el momento. Si no lo hace, deberá confiar en que el fiscal acuse y reclame sus perjuicios.
Me pueden explicar que quiere decir
auto de incoacion de palo?
gracias anticipadas a los profesionales que decidan aclararme esta cuestion.
tengo este auto desde esta tarde, en su dia puse una demuncia por apropiacion indebida. Muchas gracias