Están ustedes obligados al pago solidario de esos legados, si en el testamento no se estipula otra cosa. Pero deberán entregarlos cuando sean requeridos para ello. En el entretanto, al ser un bien fungible, puede hacer uso del dinero siempre que tengan disponible las cantidades respectivas. No tienen que buscar a nadie ni hacer ninguna otra cosa. El dinero deberá estar disponible durante 30 años desde la fecha del fallecimiento del causante.
Mi hermana y yo hemos tramitado una herencia de mi abuelo fallecido en el 2017 dejando testamento a mi tio y legatarios a 4 personas desconocidas,mi tio y sus hijos renuncian a la herencia, lo único que hay son 16120 euros en una cuenta bancaria, testamentaria lo acepta concediendo a mi hermana y a mi la mitad de ese dinero y transfiriendolo a nuestra cuentas mi duda ¿ no hemos podido localizar a los legatarios,¿ debemos guardar 1/3 de esa cantidad por si aparecen los legatarios?, ¿que plazo tendrían para reclamar ? ¿deberíamos abrir una cuenta mi hermana y yo para depositar la parte de los legatarios por si aparecen o podemos usar cada una su parte integra? ¿la cantidad que le coresponde a los legatarios seria 1/3 osea 5373 euros dividido entre esas 4 personas es decir a cada legatarios 1343.33 euros?