El caso es que se notifico expediente de infracccion y liquidacion por no dar de alta un trabajador (administrador unico) en SS. Hicimos nuestras alegaciones y ahora nos emplazan por 10 dias para tramite de audiencia. Seguimos en via administrativa asi que, aunque puede que la pregunta sea un tanto obvia, ¿algun compañero podria explicarme en que consiste la vista y audiencia que se le da al alegante en virtud del 33.2 RD 928/1998?