Tengo una audiencia de procedimiento arbitral de consumo la semana que viene y soy una novata que nunca he hecho algo igual y necesito desesperadamente un poco de orientación.
Cómo se hace, que tengo que alegar, es coo un juicio o más como una conciliación?
Mil gracias
¿Ha habido anteriormente reclamación al empresario e intento de mediación por parte de la administración?
Supongo que sí, pues si no no se llegaría a arbitraje.
El arbitraje no es ni más ni menos que un "juicio" sin formalidades. Lo normal es que el laudo se decida en equidad, y no sólo en derecho, por lo que no es necesario extenderse en detalles legales de manera profunda (pese a que el presidente de la junta arbitral sea licenciado en dº).
Se basa en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, y en los art. 57 y ss del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (que por otro lado te será necesario a la hora de fundamentar la reclamación, dependiendo del tipo de servicio o producto que se reclame).
El proceso básicamente es: el demandante explica su situación, y expone su reclamación, fundamentando lo que considere necesario, el empresario replica, el consumidor puede contrareplicar y el empresario tb, la junta hace las preguntas que considere pertinentes a una parte u a otra(en tono llano, sin excesivas formalidades), y quizás llame a algún perito sobre el tema si lo tiene contemplado o si hay alguno a instancia de parte.
Y luego ya se dará la resolución, en menos de 4 meses.
En esta página te puedes descargar un pequeño repertorio de laudos, creo que de Murcia, para que te vayas haciendo una idea:
http://www.carm.es/web/integra.servlets.ControlPublico?IDCONTENIDO=754&IDTIPO=200&RASTRO=
Y es posible solicitar que se parctique alguna prueba que no se ha podido llevar a la vista??
Es que es un tema de reclamación contra Orange y el contrato que se hizo es por teléfono y necesitaría esa grabación. Me lo concederán?
Si no es así, y salvo que la presente la propia compañía (no creo que caiga esa breva), diría que no, aunque nunca se sabe. El principio de no formalidad de los arbitrajes deja mucho margen de maniobra.