En efecto, como dice Federico, dependerá de los conceptos que comportan esta mejora, de si el contrato de trabajo protege contra la absorcion y compensacion y del convenio colectivo.
Es decir, que si la mejora se establece en el salario base, en este caso, no se deben abonar los atrasos, porque tu salario base sería superior al establecido en convenio.
Ahora bien, si nos encontramos ante una mejora voluntaria (que es lo habitual) debemos mirar el convenio colectivo para saber que nos dice al respecto de la absorcion y compensacion.
Hola, dependerar de los conceptos que comportan esta mejora, de si el contrato de trabajo protege contra la absorcion y compensacion y del convenio colectivo