Tengo que actualizar las tablas de un convenio que fué publicado en Julio de 2013 y se va a abonar en abril de 2014. ¿Las cantidades correspondientes a 2013 tengo que tenerlos en cuenta como atrasos y tributar al 15 % por ser exigibles en 2013 y sin embargo abonarlos en 2014?
¿En cuanto a la cotización sería una L09 con recargo o L03?