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atrasos de convenio

1 Comentarios
 
Atrasos de convenio
20/01/2005 19:34
Buenas tardes: tengo muchas dudas acerca de los atrasos de convenio:

En el caso de una persona que fué baja en Junio de 2004, se firma nuevo convenio en Diciembre de 2004 con efectos de 01.01.04 hasta el 2.006 con una claúsula en la que se establece que se pagrán atrasos del 2002 y 2003 también únicamente a aquel personal de alta en la empresa.

A su vez esta persona fue despedida y en el momento del despido la empresa firmo con él un acuerdo en el que se compromete a pagar los atrasoss derivados de la aplicación del nuevo convenio cuando se firme (entiendo que al no especificarse más derivados de la aplicación del nuevo convenio sòlo tiene derecho a cobrar desde Enero hasta Junio cuando fué baja)


Mis cuestiones son las siguietes

¿Desde cuando le tengo que pagar atrasos? (2004 sólo? o también 2003 y 2002

¿Le tengo que revisar la indemnizacion por despido?

Gracias y un saludo

21/01/2005 10:49
Hola Emma:
Si con posterioridad a la firma de un recibo de saldo y finiquito, se publica un convenio colectivo que retrotrae sus efectos a fecha anterior a la firma del documento de saldo y finiquito, el trabajador podrá reclamar posteriormente el abono del incremento salarial del convenio correspondiente al período efectivamente trabajado durante la fecha de efectos de dicho convenio, sin que sea obstáculo a la reclamación el hecho de la firma del finiquito.

En este sentido se manifiesta el T.S. en sentencias del 30-9-92, 24-07-00 y 25-09-02, porque no puede suponer renuncia de derechos aún no conocidos, así establecido también en STSJ de Navarra de 15-03-96.


Saludos.