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Atrasos convenio

2 Comentarios
 
27/03/2006 13:48
Hola.

Desde a fecha del primer contrato.

Saludos.
27/03/2006 12:25
Desde febrero, puesto que tu relacion no se vio interrumpida, ya que fue una modificacion.

En cualquier caso, y aunque trabajaras sólo un mes y te volvieran a contratar en el siguiente, tienes el derecho de reclamar atrasos si has trabajado en el periodo que cubren los atrasos.

Cuando hay atrasos, todos los trabajadores tienen derecho a que se les abonen los mismos cuando han trabajado en dicho periodo, el problema es que la empresa no va a estar llamando a pagar más a alguien que ya no está con ellos, en cualquier caso, se dispone de un año para la reclamacion de los mismos.

En definitiva... Cobrarás atrasos desde febrero.

Saludos,

DarwinMVR
www.orange-consultores.com
Atrasos convenio
25/03/2006 22:45
Hola:
Aver si alguien me puede ayudar. Yo trabaje en mi empresa con un contrato temporal de febrero a mayo de 2005, en mayo me hicieron indefinida. El 31 de diciembre de 2005 se firmo un nuevo convenio de hosteleria en asturias con efecto retroactivo a 1.01.05, mi pregunta es me deben abonar los atrasos del contrato temporal, porque el asesor dice que no, que solo es desde el ultimo alta y yo creo que me corresponden, no?