Se ha publicado las nuevas tablas salariales del convenio colectivo de comercio de la provincia de Granada, con fecha 7 de febrero, pero las tablas son para el año 2005. Significa esto que hay que pagar atrasos con efectos retroactivos al 1 de enero de 2005. Repito, se han publicado con fecha 7 de febrero de 2006.
Hola lada:
El caso que expones no es infrecuente por desgracia.
Tienes que pagar los atraso con retroactividad a 01/01/05 tal y como indicas ya que me imagino que es así como lo especifica en las tablas salariales.
Por lo que comentas sobreentiendo que no estabas pagando ninguna cantidad "a cuenta convenio" y por lo tanto tendrás que pagar todos los atrasos y hacer los TC,S complementarios correspondientes especificando que lo haces en base a la publicación de nuevas tablas salariales con la fecha en que han sido publicadas.
Otra pregunta: durante el 2006 aplico las tablas salariales publicadas ahora para el año 2005, sin subir el IPC? El año que viene pasará lo mismo, en febrero del 2007 se publicarán las del 2006 y habrá que pagar de nuevo atrasos.
No sería más lógico que ahora se hubiesen publicado las del 2006? (esto es solo una opinión)
Hola lada:
Lo que es lógico no siempre es lo habitual.
Si quieres minimizar la cantidad a pagar de atrasos en el próximo año siempre puedes poner un 2% por ejemplo a cuenta convenio y ya está. Menos nunca va a ser el incremento.