muchas gracias discolo, mira a mi no me importa ejercer de presidenta ya que la mayoría de las funciones las puedo ejercer desde Barcelona, está claro que hay otras que pero para eso ahora tengo a mi madre que vive cerca y puede pasar de vez en cuando además de que los vecinos tenga mi tfno., y el de ella por si tiene que ir para alguna urgencia creo que mientras yo pueda hacerlo tampoco tengo porque sobrecargar a otros vecinos. Gracias.
1. Sobre no ser presidente.
Hay que acudir al juzgado y decirselo al juez. Por escrito claro. Escrito en el que se aducen los motivos por los que "uno cree" más conveniente que sea dispensado de ejercer ese cargo, que es obligatorio según la LPH.
El problema surge en tu caso por no residir en la población en la que se tiene la vivienda. Y en ese caso, al juzgado tienes que acudir representada por Procurador habilitado ante el mismo. Pero no es necesara la utilización de letrado.
2. Yo, como copropietario, procuraría evitar que la presidencia recayese sobre personas que tengan problemas, ya por residencia, ya por edad u otras causas, y ésto independientemente de que quieran o no quieran ser presidentes. Aunque conlleve una sobrecarga en los turnos de presidencia. Porque no hay que olvidar que para la mayor parte de nosotros, ahí tenemos nuestra principal inversión.
1º para lexis, en la cdad., el turno lo ejercemos sólamente de 6 en 6 meses y va pasando por todos los vecinos es decir 6 meses el primero izda., 6 meses el 1º centro y 6 meses el 1º drcha. y así hasta llegar al quinto piso y vuelta a empezar.
2º efectivamente martianez, la imposibilidad era temporal, ahora ya no tengo ningún problema en poder coger el cargo, pero fijate si son atravesados que aún explicandoselo y diciendoles que como mucho en 1 mes se me arreglaba todo y cogía la presidencia aún así querían llevarme a juicio.
3º discolo realmente no soy letrada ni nada por el estilo por lo que aun agradeciendote mucho tu respuesta no se bien que es lo que me has querido decir.
Sigo agradeciendoos vuestro interes y vuestro apoyo
Mira Susi, yo me metí, va para casi 30 años, en estos líos por jetas como los de la finca donde tienes la vivienda.
Cuando alguien adquiere una vivienda en PH, ya tiene que saber en lo que se mete.
El problema es que parece que SS, que también suelen ser copropietarios, opinan que esos son líos de escalera.
Pero claro, yo antes de incordiar a un copropietario que, además, hay que tratarle de USIA (y no Alfonso, que, además, tiene dos eses), me lo pensaría 33 veces, o las que fueren necesarias.
Por eso no conozco a juez alguno que tenga problemas en su comunidad, pues suelen ser personas muy amables y serias, a las que administradores, presidentes o quien sea, hacen caso de sus sesudos consejos.
Y sobre el nombramiento de Presidentes con problemas para ejercer esa presidencia., ello está contemplado en el Artículo 13.2 LPH,, siendo el trámite aplicable el del artículo 17.3ª.
La verdad, es que mientras una persona no esté inhabilitada por sentencia judicial firma, o por incapacitación judicial, yo no veo motivo real para que tenga que ser sustituido. Otra cosa es que si los copropietarios son tontos, o demasiado listos, elijan como PRESIDENTE a una persona que sería mejor que no lo fuese.
Hola Luis Martinez:
Lamento que te encuentres en esa situación, pero por que no se resida en una vivienda no te exime del deber de ejercer la presidencia, te lo digo por experiencia y porque además mira yo además del mencionado piso de Bilbao, tengo un apartamento en Laredo, un pueblo de la costa de Cantabria, en aquel edificio no vive nadie durante el invierno solamente el portero y eso no quita para que cuando nos toca ejerzamos de presidentes, así que miraló bien porque yo opino que si les podeis hacer coger la presidencia a los que no residen.
Otro tema es el de la gente mayor, tampoco estoy muy segura sólo te hablo por las experiencias vividas, mis abuelos han fallecido los dos este año y tenían 89 y 86 años, han pasado 2 presidencias que tenían que haber ejercido y los vecinos sin decirles nada les saltaron el turno y eso que el no se había negado pero según dijeron los vecinos lo habían mirado antes y les habían informado que a partir de una edad (que desconozco cual es) no hay obligación de ejercer de presidente. Eso lo puedes mirar en las cámaras de la propiedad urbana.
Y un consejo no te dejes tomar el pelo, hay que ser comprensivo e intentar ayudar a los demás que era lo que yo solicitaba, un poquito de comprensión, pero no porque tu o tus vecinos seais comprensivos los demás os tomen el pelo con este tema.
Un saludo y suerte.
Me parece correcto el desenlace del tema que nos ocupa, ya que la imposibilidad de ejercer la presidencia era temporal y no hubo negativa a cumplir con el turno. Pero existen muy numerosos casos en que,. para escurrir el bulto y no cumplir con la obligatoriedad de ejercer la presidencia, se alegan razones como "es que yo soy muy mayor y mis hijos no quieren saber nada" ó "es que yo no vivo en la finca y el piso está alquilado", etc. etc. Existen fincas en las que la mayor parte de las viviendas entán en alquiler y la presidencia tiene que ser desmpeñada en turno rotarivo por dos o tres propietarios residentes, es decir, siempre estás de presidente activo, o de saliente consultivo. ¿Qué hacer en esos casos? Porque...hay mucha cara por el mundo y eso hace que otros parezcan malos, cuando los "insolidarios" son los que se niegan a cumplir sus obligaciones a costa de los "primos". ¿Es que la legislación tiene un "roto" y no contempla estas situaciones?
Me complace leer tu sinceridad, lo verdaderamente repelente es que para cuatro dias que pasamos por este mundo, exista tanta gente insolidaria; realmente todos hemos perdido valores que se necesitan para vivir en paz , armonía....vamos muy deprisa.....
Muchísimas gracias a todos, al final esta semana pasada estuve en Bilbao, ya que falleció mi abuela, aproveché para acercarme a la cdad., ya que por teléfono no había forma de ponerme en contacto con ellos, y ya habían realizado la reunión, de momento durante los siguientes 6 meses la ha cogido el siguiente vecino y luego se supone la cojo yo, me dijo que había habído mucha polémica en la reunión y que querían denunciarme, pero que acudieron a la cámara de la propiedad con el famoso Burofax y les indicaron que no podían hacerme nada ya que en el mismo sólo lo solicitaba y no me negaba a acatar la decisión que tomasen.
Bueno la cosa al final me ha salido "bien" ya que ahora ya sé por adelantado que a finales de septiembre primeros de octubre tengo que desplazarme hasta Bilbao para la reunión y cambio de presidencia, pero por lo menos al saber las fechas ahora puedo organizarme para poder estar, además ahora que ha fallecido mi abuela mi madre ya puede estar un poco pendiente de los problemas que puedan surgir en la cdad., mientras yo lleve las cuentas desde Barcelona, antes la era totalmente imposible pues mi abuela estaba con Alzeimer en fase terminal y requería la atención de mi madre durante practicamente las 24 horas del día.
Bueno muchísimas gracias a todos por vuestra ayuda, y quiero dejaros claro que no soy una geta que quería librarse de un cargo que por ley te corresponde sino solamente aplazarlo ya que en esos momentos me era imposible tanto ir a la famosa reunión como pedirle a mi madre que lo hiciese por mi, ahora todo a cambiado y ya no tendré problemas para la siguiente reunión.
Un saludo y muchísimas gracias
Para Susi
Hola
Un par de cosas por si te ayudan, tienes la obligación de facilitar tu dirección en España al secretario de la comunidad, caso contrario te pueden citar a la reunión en el piso o en el tablón de la comunidad.
Puedes impugnar el acuerdo de la Junta que te nombra presidenta y exponer tus razones ante el Juez de primera instancia al que pertenece el piso, considero que no tendrás ningún problema porque parece que tienes tu trabajo en Barcelona, para la impugnación no se necesita ni abogado ni procurador, en el mismo juzgado hay instancias.
En primer lugar cuando sepas que te han nombrado manda un burofax al ultimo responsable de la comunidad o secretario argumentando que por razones de trabajo estas en otra Ciudad y no te puedes hacer cargo de la comunidad
como presidenta, y tienes 30 días para la impugnación, teóricamente empieza el plazo al recibir el Acta, pero muchisimas comunidades que no envían Actas.
Susi, lamento decirla que ha hecho mal en enviar un escrito a la Comunidad, pues eso solo obra en CONTRA SUYA.
Me imagino que es la primera vez que Ud se enfrenta a problemas con la Comunidad.
¿Es la primera vez que la "toca" ser Presidente?
Mi experiencia es que cuando ocurren estas cosas, es decir, se nombra a la que está fuera, suele ser con mala intención. Es decir, que suele haber "listillos" que esperan que Ud. les compense por el favor de sustituirla en la presidencia.
Como ya ha escrito, pues a lo hecho pecho. Así que sea más astuta que ellos.
Supongo que en su Burofax les ha dicho los motivos por los que no puede ser Presidente de la Comunidad. Y que el Acta se la envíen por medio FEHACIENTE (digáselo por tf pero no escriba nada).Como supongo que no la van a hacer ni caso (lo típico de los buenos vecinos, aunque la van a poner a caldo si Ud ejerce sus derechos), tiene dos caminos:
1. Envíe amable escrito al Juzgado de Guardia de los de Instrucción de Bilbao exponiendo su caso para que sea resuelto en EQUIDAD (que el sr. Juez DECIDA EN EQUIDAD). Acompañe copia del Acta, si se la remiten, y si no se la remiten, ni caso, Ud no es Presidente y no haga caso.
El único problema de este metodo es que va a necesitar Representación por Procurador ya que Ud no reside en Bilbao. Aunque han "caído" de la LPH esta posibilidad, yo haría esa pruebam, en plan de buena voluntad. El coste viene a ser de unos 200 euros.
2. SI la apetece ser Presidente, sealo. Pero por correspondencia.
Lo primero es el dinero. QUe se haga el cambio de firmas en el Banco lo primero, haciendo constra (y que la den copia), que nadie de la Comunidad que no sea Ud. puede sacar dinero ni hacer pagos por medio de la cuenta.
A continuación, se busca una empresa de servicios para que cuando la llamen para una avería, ud. les dice que no se preocupen, que enseguida irá uno a verlo.
Y a hacer caso mientras haya diero en la cuenta. Cuando no lo haya, Ud. avisa para que lo metan y a esperar.
A ver quien se harta antes.
Pero ante todo:
NO PAGUE A NADIE POR SUSTITUIRLA
Y no les escriba.
De momento en el burofax les indico el mi número de tfno., por si quieren ponerse en contacto conmigo, de todas formas yo hoy he estado llamando al tfno., que tengo del anterior presidente y no hay nadie pero seguiré llamando para informarme, así todo yo creo que dentro de este mismo mes me tendré que desplazar hasta Bilbao ya que el sábado a la noche ingresaron a mi abuela que tiene 86 años y está con Alzeimer ya en fase casi terminal, estoy negociando con la empresa para cogerme unos días de vacaciones y así poderme desplazar tanto por lo de la cdad., como para cuidar a mi abuela. Ya veremos como acaba todo esto porque la gente desde luego es un poco "cabrona" saben que tienes montones de problemas y en vez de tratar hacernos los unos a los otros la vida un poco más sencilla parece que siempre intentamos fastidiar más.
Un saludo.
Lo primero gracias a todos por contestar.
Lexis:
No hay administrador en la cdad., ni tampoco tienen manera de hacerme llegar el acta, entre otras cosas porque el acta se firma en la reunión y luego no envian jamás copia a ningún vecino de las decisiones tomadas en ella. (Vamos un desastre).
Te comento, al final la reunión la han puesto para hoy día 8, así que ayer opté por enviarles un burofax, exponiendoles mi situación y que les agradecería saltasen el turno hasta que me fuese posible trasladarme a Bilbao, pero que si aún así consideran que debo ser presidenta no tengo ningún problema pero que tendrán que comprender que hasta dentro de 1 ó 2 meses yo no me podré desplazar hasta allí para recoger toda la documentación y para hacer el cambio de firmas en el banco ya que esto requiere que sea un día laboral y claro esto dificulta aún más mi desplazamiento, así mismo les indico que tanto llevar las ctas., como emitir los rbos., o solicitar presupuestos para obras que quieran realizar lo puedo realizar desde aquí sin ningún problema pero que logicamente hay otro tipo de cosas como controlar que la limpieza se hace correctamente o realizar el cambio de bombillas cuando se funden, o posibles averias urgentes que surjan yo no podré realizarlas por lo cual tendrán que nombrar también un vicepresidente, secretario, o como lo quieran llamar para que se encargue de esos temas.
Por último les digo que dejo a su buen criterio la decisión y les indico mi teléfono para que me comuniquen las decisiones tomadas en la reunión.
Ya veremos lo que ocurre, porque la verdad es que es una cdad., de estas que yo no se si por ignorancia o por mala leche no suelen entrar en razones, he visto como hasta a una señora de 87 años viuda, y bastante mal de salud la obligaron a coger la presidencia y que si no se aclaraba con las ctas., pues haya ella que la ayudasen los hijos, que por cierto tampoco vivian en Bilbao, así que me imagino que tendré desplazarme hasta allí porque estos locos son capaces hasta de denunciarme.
Que os parece lo del Burofax? por supuesto lo he remitido con acuse de recibo y certificado de contenido.
Un saludo y gracias.
Para susi:
Si la Comunidad no se aviene a correr el turno y Ud. no esta dispuesta a a impugnar el acuerdo ante el Juez (esto le va a costar dinero de abogado, procurador y posiblemente costas), tiene otra solucion.
Una vez realizado el nombramiento para la presidencia, cuando reciba el Acta, podra ejercer la presidencia pero desde Barcelona (nadie le obliga a desplazarse a Bilbao. Si la Comunidad tiene Administrador, este tendra que enviarle todo por correo (sin coste alguno para ud.). Si la Comunidad lo quiere asi, pues alla la Comunidad.
Hola Turbo:
Entiendo tu postura, pero la Ley si que dice que el cargo de presidente es sin sueldo, es este caso concreto la comunidad sabe perfectamente que la persona que se va a nombrar no vive en la ciudad, lo lógico seria que saltaran el turno, ya que parece que no se niega a ejercer el cargo en otro turno.
Soy partidario de que se cumpla lo establecido por la Ley y esta dice que si no se puede ejercer el cargo por el motivo que sea (siempre justificable) el Juez determinara.
Todo propietario debe ejercer de presidente, hay casos que por motivos excepcionales se tenga que recurrir el nombramiento, como considero este caso.
Un saludo
Josembaigorri, he visto en la web de Justa que se está proponiendo penalización.
La Ley no contempla que se pague
Tampoco lo contrario?
En cualquier caso, se trata de mejorarla.
Y lo normal entre la gente es pagar dinero a cambio de un servicio.
Yo no hablo si la Hacienda, el resto de españoles, quieren meter las narices y sacar su tajada o no de la transaccion.
Mi relativa duda está en si es mejor o peor penalizar que premiar. Con los niños funciona muchisimo mejor la segunda y no debemos olvidar que somos unos niños grandes. Yo me inclino por la segunda.
¿Qué ganamos con forzar a que se coja un cargo bajo amenaza de multa? Ineficacia.
Es mejor pagar al que nos da el servicio.
Hola
La Ley no contempla que se pague para que otro sea presidente en tu nombre este cargo es gratuito y seria una aportación ilegal, la comunidad como dice el compañero no debe nombrar un presidente que no vive en la ciudad no es efectivo para llevar los asuntos de la misma . Saltar el turno como indicas seria lo normal, ya que no te niegas a ser presidente lo aras en otro turno.
Si la actitud de la Junta de propietarios es nombrarte una vez recibida la copia del Acta tienes que impugnar el acuerdo en los 30 días siguientes ante el Juez de primera instancia al que pertenezca el piso y dar tus razones porque no te puedes hacer cargo de la presidencia.
El Juez estimara tus razones y si las considera aceptables te liberara del cargo y nombrara a otro propietario.
En la practica, se salta el turno, pues para qué quiere la comunidad un presidente ausente.
Es imposible que pueda ser un representante fiel a los intereses colectivos que desconoce.
Para este caso yo propongo que les pagues a la comunidad la cantidad que acordeis por el periodo de un año o parte proporcional si es fraccion.
He visto una propuesta de 1000 euros, que me parece algo corto, y sobre todo arbitrario.
¿ 3 euros / dia por estar pendiente de los asuntos comuniutarios?.
Me los cobran por dejar mi coche una hora en plena calle, sin vigilancia.
Yo no veo porqué un propietario que no viva en la finca le tiene que salir "gratis".
Lo mismo para quien no quisiera el cargo.
Asumir la presidencia de comunidad de propietarios
Mi pregunta es la siguiente:
Tengo 1 piso en propiedad en Bilbao, yo actualmente resido en Barcelona y ayer viernes me llamaron para decirme que el lunes se hace la reunión de cambio de presidente y que me corresponde. Logicamente les he dicho que no me niego a coger el cargo pero que me es imposible desplazarme hasta Bilbao para esa reunión. Lo que yo he solicitado es que salten el turno y cuando yo vaya por allí les avisaría con tiempo para realizar 1 reunión y coger la presidencia, pero parece que no están muy deacuerdo. Alguien me podría informar como se podría solucionar este tema? Muchísimas gracias.