Desconozco el motivo por el cual le comentan que sería beneficioso integrarse en el Régimen General durante el año previo a la jubilacion. No lo entiendo. Si es por cotizar más puede acordar un convenio especial con la Seguridad Social.
En todo caso, el Régimen General es de aplicación a los trabajadores que prestan sus servicios por cuenta ajena dentro del ámbito de organizacion y dirección de un empleador o empresario. Por tanto, es difícil que legalmente pueda uno contratarse a sí mismo. Si se crea una sociedad en la uno dispone de la mayoría del capital, es socio mayoritario, debe uno cotizar en el RETA y no en el Régimen General.
Le recomiendo que investigue si esa recomendación de cotizar el último año en el Régimen General tiene algún sentido y si se trata de cotizar más que realice un convenio especial con la Seguridad Social.
Saludos,
Buenas tardes, agradecería, me asesoraran al respecto, de este tema. Me falta un año y medio, para jubilarme, he estado , los quince años, de mi vida laboral, de alta como autonomo; gestionando mis propias iniciativas empresariales; al día de hoy, me comentan que, me interesaria este ultimo año, estar en el régimen general de la S. social, mi pregunta es, creando una asociación ó sociedad limitada, ó de que manera, puedo estar, legitimamente, dada de alta en el régimen general de la s. social.
Muchas gracias de antemano, por su asesoramiento.
Vallemarga.