Artículo 23. Promoción y formación profesional en el trabajo.
1. El trabajador tendrá derecho:
* a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.
* b) A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional o a la concesión del permiso oportuno de formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.
No te pueden obligar a hacer dicho curso si lo hacen en horas fuera de la jornada laboral. Lo normal, si la empresa es como debería ser, es que se haga en jornada laboral o por el contrario que se os recompense esas horas, bien economicamente o bien en horas libres.
En un principio no te pueden obligar a hacer cosas fuera de tu horario de trabajo.
Si es así te deberían pagar esas horas o bien compesarlas en tiempo libre, pero siempre de forma consensuada
Mi situacion es la siguiente. La empresa esta obteniendo una ISO y debemos de asistrir a un curso. El curso dicen que es obligatiçorio pero fuera de la jornada laboral y sin recibir ninguna compensación a cambio. Mi pregunta es¿Me puedo negar? ¿Estoy obligado a realizar el curso?