Quizás en el punto dónde dice:" y en sus relaciones con los demás titulares".
El tema es complicado, pero yo lo tengo claro.
Bonificando la asistencia a la junta, no se perjudica a nadie. Sólamente se perjudica al que no asiste. Y si no asiste es porque no le da la gana. Medios tiene para asistir (físicamente y por representación).
Yo no diría que quien impugne tiene todas las de ganar.
Si se demuestra que el que impugna no ha asistido a ninguna junta, ni físicamente ni con representación, pienso que el juez puede anular (o como se diga) la impugnación.
Una de las obligaciones del propietario es:
Art. 9 :" g. -Observar la diligencia debida en el uso del inmueble y en sus relaciones con los demás titulares y responder ante éstos de las infracciones cometidas y de los daños causados."
Le das la vuelta a la tortilla. Aunque al final hay un mayor pago de los no asistentes, realmente son ellos los que se penalizan. Lo único que tienen que hacer es, o bien asistir a la Junta o bien dar su representación.
Espero que alguien me responda las preguntas:
¿Y si nadie impugna? ¿Es vinculante para los que no aprueben?.
¿Hasta que punto la no impugnación quiere decir que se está conforme con lo aprobado?
Se puede aplicar el art. 18 de la LPH, donde dice:
"3. La acción caducará a los tres meses de adoptarse el acuerdo por la Junta de propietarios, salvo que se trate de actos contrarios a la Ley o a los estatutos, en cuyo caso la acción caducará al año."
Emani, Te hablaba en serio. Al principio del tema te dije lo que te dije pensando que teníais administrador, ahora veo que no tenéis, y en cuanto a ser elegido presidente, nadie está por la labor y entonces ……vosotros mismos.
Por si te interesa, te cuento:
En la Comunidad de mi hermana son 14 “vecinos”. Hasta hace 3 años la presidencia era asumida por todos y cada uno, por que no tenían más remedio pero estaban deseando de soltarla.
Entonces un “vecino” recién jubilado les propuso ser presidente, y encararse de todos los menesteres. Unánimemente llegaron a un acuerdo y les va muy bien.
Que los que no asistan a las Juntas paguen a quienes SÍ van, eso ya es más complicado, pero si hay acuerdo ¿Porqué NÓ?.
Para hacer el presupuesto del año siguiente cojo los gastos del año actual, les añado el IPC correspondiente y un 5% de Fondo de Reserva más un 5% para (varios-otros gastos).
Normalmente tenemos excedentes monetarios y los gastos extraordinarios se cubren.
Pués ya sabes de dónde voy a sacar el dinero. De otros gastos-varios. (Siempre y cuando lo apruebe la Junta)
emani, De donde va a sacar el dinero que no van a pagar los asistentes?
¿de la Seguridad Social?. Pues ya me jorobaría, porque entonces una parte sería mío.
¿De la puerta de la Iglesia?. En ese caso le recomiendo la "Residencia de los Jesuitas" en Bilbao. Pero se la tendrá que pelear con los actuales "okupas".
¿Poniendo un videoclub en la portería?
¿De los no asistentes a sus Juntas?.
Después de releer todo el tema y meditarlo se me antoja que, ojalá, en mi Comunidad hubiera un/una Propietari@ como tú que se encargara de los menesteres. Yo incluso propondría una ayuda para compensarle……, estoy segura que en mi Comunidad las cosas y CUENTAS nos irían mejor, y más barato. Un saludo y suerte.
Es un gasto no comunitaria y necesitaria usted la unanimidad de los propietarios para que fuese un gasto comunitario y solo sera vinculante para los que lo aprueben.
Pues yo te digo, emani, que tires para adelante porque si nadie dice nada es que están de acuerdo. Si se quejan,sin dar opción a que impugne nadie, dejas de hacerlo así y asunto solucionado. Cosas peores se han hecho y se siguen haciendo. Y si te quieren de presidente pues dales el gusto. Eso sí las fotocopias y sellos y demás gastos, los justificas y te los cobras.
Es una opinión sin fundamento jurídico, á la vista está.
Poltrona es una silla, y no creo que porque le diga a usted que deje la silla de las edificaciones, silla o sillón de la presidencia (metaforicamente hablando) le este deslustrando. Nunca he deslustrado a mis presidentes, (aunque alguno se lo mereciese, no por respecto al mismo, sino por respecto a mi misma y a la comunidad, a la que representaba ese Sr., que no tenia la culpa de que fuese un descerebrado) eso si les he aconsejado que no se quedasen más de un ejercicio por el bien de la comunidad, y que en el ejercicio siguiente para no perder la continuidad pasasen al cargo de vicepresidente. Un administrador aunque lleve 15 años en la profesión y administrando un edificio, no tiene la pasión por el edificio que puede tener un Presidente, pues por mucho que quiera, aunque le guste mucho su profesión, no lo puede sentir pues no tiene una parte alicuota del mismo.
Que perra habéis cogido con mi presidencia y si soy o no soy Cuesta.
¿Por qué un Presidente con 5 años puede perder la perspectiva de la realidad?.Un administrador con 15 ¿no puede perderla?.
No tengo ningún interés en ser Presidente, no cobro, pago mis recibos a la Comunidad ( como todos los propietarios) y cuando digo que a veces me cuesta dinero, en realidad, son muy pequeñas cantidades en forma de folios, algún sello de correos, etc… que no tienen importancia.
El artículo 11 que dice Justa no se puede aplicar porque hace referencia a la conservación, habitabilidad y seguridad del inmueble, que no viene al caso.
Discolo me acusa de hacer sofisma, sin embargo creo que su planteamiento es incorrecto. Incorrecto porque para hacer el presupuesto, primero suma las cuotas de propietarios y después lo cuadra con el presupuesto. ¿No es más lógico primero hacer el presupuesto y a partir de él calcular las cuotas de los propietarios?
Justa me lo dice sin acrimonia, sin embargo me dice que deje la poltrona. Me siento ofendido porque realmente me lo dice con maledicencia. ¿Eso se lo dice a todos los presidentes que administra? ¿Qué están en una poltrona?.
Bien, a lo que yo pretendía en un principio:
-Junta de Propietarios anual.
-Punto del día. Aprobar la bonificación de la asistencia de los propietarios a las reuniones de forma física o representada por un importe de x euros al mes/trimestre/año ( o en su caso cuota de participación).
-Se aprueba por mayoría absoluta.
-No se impugna.
Justa, tu expresión :"sin acritud" "sin acrimonia" va a pasar a la historia te lo garantizo. Lo mismo que la de discolo5G :"lo que disponga SS" De damaot me quedo con "la masa borreguil" y "los caciques"
Sois los tres excepcionales.
Me dicen los que me rodean, que cuando estoy de buen humor soy más aduladora que Carmen Sevilla y yo contesto "ni tan mal, con buen modelo me comparáis"
Un abrazo para cada uno.
Emani, mal
1º) ¿cómo lo va a justificar usted, cómo un gasto?
2º) si lo hace asi es un gasto no necesario, y de aplicación el articulo 11.
Creo que si sale el punto, y alguno de los no asistentes impugna ese acuerdo, se va a meter usted en un lio.
Suerte, con la innovación.
Y le voy a decir algo, 5 años de Presidente son muchos años y se pierde la prespectiva de la realidad, por eso se le ocurren a usted cosas raras.
Deje usted la poltrona, y que algun propietario, tome las riendas de su cortijo.
Esto se lo digo sin acrimonia