De nuevo por este foro y tras 9 años de divorcio ya...
Hija de 18 para 19 años en primavera estudiando su primer curso universitario. Hijo de 23 tb para 24 años en primavera.
Uso y disfrute vivienda mi ex. Hipoteca pendiente 20.000€ - 4 años.
Hijo lleva este curso su segundo año fuera de España, no leveo desde hace 5 años, al paparece está haciendo un máster, viene en periodos vacacionales, no se me informa de ello.
La vivienda con 120 m2....mas que grande para mi hija y su madre. Yo sigo viviendo con mis padres de 80 años. Pago pensiones alimentos.
Liquidación gananciales hecha. Yo tengo mas porcentaje de propiedad sobre la vivienda.
Tras buscar y leer este tema de proindivisos, me pregunto cómo estaria ahora el tema y si podría vender mi parte.
Agradeceria consejos, opiniones al respecto.
No sé si buscar abogado e instar el tema en procedimiento junto con otra cuestiones que surgen ya pasados 9 años o hacerme a la idea de que recuperar mi parte ....a saber si lo veré.
Gracias al foro.
Saludos.
Gracias a Garti y a Nuria por orientarme; Para agradecer vuestro apoyo os dire las recomendaciones de mi abogado que creo que siempre suelen interesar a profesionales y compañeros de profesión.
Para empezar os comentaré que estoy más tranquilo despues de hablar con mi abogado y en segundo lugar por lo que me comenta mi abogado podria ser algo bueno para mi si se decidiese a acudir a una empresa o a una tercera persona para vender su parte.
Os comento la razón de ser, mi ex desconoce que acabo de heredar un dinero y tengo posibilidad de poder hacer frente llegado el momento al tanteo o digamoslo así a la opción de compra en las misma condiciones de precio que le darian estas empresas de proindivisos.
Mi abogado tiene conocimiento de como actuan este tipo de empresas y lo primero no es tan facil como parece el que puedan comprar una propiedad sin poner en conocimiento a la otra parte.
En segundo lugar suelen ir siempre a su favor y logicamente no tiran piedras contra su tejado. Suelen escriturar por debajo y se suelen cubrir las espaldas si la otra parte hace valer su derecho al retracto haciendo pagar estos gastos a la parte que le quiere vender la propiedad en este caso mi ex.
En tercer lugar suelen tener muy en cuenta si hay hipoteca, el uso atribuido a un menor y sobretodo quieren saber en que posición economica esta el otro propietario para saber si pueden sacar tajada aunque sea por el papeleo.
En definitiva si a mi ex se le ocurre acudir a este tipo de empresas yo no tengo que temer nada es más aprovechar la oportunidad para comprar más barato que si me tuviera que poner de acuerdo con ella.
Garti, el acuerdo siempre es la mejor opción como indicas. El ùnico problema que plantearía para el comprador el uso es que si no llega a un acuerdo con la otra parte, tendrá que acudir a dos procedimientos judiciales para poder echarlos. Pero finalmente, podrá hacerlo.
arobert, ya que te ha contestado garti a tu duda.
Pero, hay otro problema añadido. Indicas que le vivienda, está "casi" pagada, por lo que deduzco que tienes una hipoteca. Eso quizás complique las cosas y en cualquier caso, no podrá subrogarse el posible comprador tan fácilmente. ¿Sabes lo que haría yo para quedarme tranquilo? Llamaría a una de esas empresas para ver qué te exigen para vender tu parte. Indica que existe la hipoteca... ;-D
Un saludo.
Ahora que lo veo, yo no he dicho que el uso y disfrute de la vivienda pueda impedir la disolución del condominio. Se puede disolver perfectamente y la propiedad la puede comprar un tercero. Lo que digo, que es un problema para el comprador si el uso lo tiene el menor. Ya que ha adquirido la propiedad, pero el uso sigue atribuido al menor. Aunque también puedes inscribir en el registro ese uso del menor llevando la sentencia, y así que quede constancia para posibles compradores de buena fe.
En cuanto al deber de comunicártelo. El vendedor te lo tiene que comunicar. Si no lo hace, tú puedes alegar que hay mala fe por su parte. Ten en cuenta que si te lo comunica, el plazo no se cuenta desde la inscripción del registro, sino desde la fecha que te lo comunicaron.
Bueno, no se si he aclarado algo, o lo he liado más. Solo decirte que me remito a lo que te dije sobre los problemas que te surgen con las empresas que compran pro indivisos, ya que están muy puestas en estos temas.
Yo creo que si ejercitas la acción de retracto, te puedes encontrar con muchos gastos:
Tasas judiciales, abogado, procurador. Además de pagar al comprador el precio del inmueble, le tienes que pagar los gastos que le ha ocasionado la compra: registro, notario, impuestos, agencia inmobiliaria...
También te puedes encontrar con que escrituren por encima del precio real para evitar el retracto. En este caso, podrías pedir la tasación del inmueble por perito (otro gasto judicial más). Que prevalecería el precio real tasado.
Aunque, lo pueden escriturar por un precio inferior y salirte bien la operación.
Yo creo que te saldría mejor llegar a un acuerdo de venta con ella. O pedirle la extinción del condominio. Y en el último extremo, pedir por vía judicial la división de cosa común.
De todas formas, te aconsejo que veas más opiniones.
Nuria M.G. ¿Cómo lo ves tú?. No se si estaré en lo cierto.
Gracias Nuria, pero una única duda, tiene mi ex la obligación si acude a una empresa de proindivisos o una tercera persona para vender su parte el deber de notificarlo para poder usar mi derecho preferencial de tanteo y retracto.
O la persona, empresa que realiza la compra tiene obligación de notificármelo para tener opción de retracto.
Y en cuanto el uso de la vivienda otorgada a un menor ¿ se puede levantar esa carga si vende a una tercera persona?
Te vuelvo hacer esta pregunta porque sí no me equivoco según has comentado antes en mi caso si, es más de ser cierto ella porque ella no podría si es un condominio el pedir quitar el uso y una tercera persona si con todas las garantías de eliminar ese uso. Te pregunto esto porque si ella puede y según como esta la vivienda casi pagada y con la edad de mi hijo todavía muy pequeño le sería más rentable el pedir con una demanda la división de la cosa común y ahora perdóname no me acuerdo como se llama.
En fin como veces un mar de dudas, gracias por tus respuestas.
Entonces si es un condominio, me remito a lo ya apuntado tanto por garti como por mi. Pero discrepo en cuanto al tema del uso y atribución de la vivienda en procedimiento de familia, que no va a impedir la disolución del condominio llegado el caso. Son cuestiones jurídicas diferentes. Un saludo.
Es una propiedad que compramos antes de casarnos al 50% y el régimen posteriormente fue de separación de bienes.
Nuria me puedes confirmar con estos datos en que situación me encuentro.
Ya para terminar la propiedad es la vivienda conyugal donde hemos vivido antes y durante el matrimonio.
arobert, ¿tienes condominio o sociedad de gananciales? porque no tiene el mismo tratamiento jurídico. Si hay una comunidad de bienes (condominio) si puede vender su parte (sin perjuicio de los derechos preferentes de adquisición, etc.) pero si es una sociedad de gananciales sin liquidar, no, porque al liquidar no necesariamente se le adjudica dicho bien en pago de su parte. Realmente no tiene el 50% de la vivienda hasta que no se liquide la sociedad y no se le adjudique el bien. La vivienda de momento, mientras no liquide la sociedad, pertenece a la sociedad conyugal no a las personas físicas que la integran. No sé si me explico..., por tanto, para venderla tienen que liquidar la sociedad obligatoriamente para transmitir la propiedad. Si no está liquidada, me temo que no se puede vender y si se hace y se entera, podría intentar declarar la nulidad contractual.
Si su situación es de condominio, la parte que compre si puede solicitar la división judicial de la cosa común y adjudicarse el bien o pedir la subasta pública. En dicho caso, la atribución del uso y disfrute en el procedimiento de familia, si puede desaparecer.
Un saludo.
Gracias, muchas gracias garti. Solamente por favor una cosa:
Realmente el problema que me puedo encontrar no es realmente que me notifique mi ex la venta sino que cuando me lo notifique tengo 9 días para utilizar mi opción de compra. Porque de no utilizar mi opción de compra la empresa de proindiviso me costaría a la larga quebraderos de cabeza.
En definitiva si tengo pasta no hay problema es más si se le ocurre a mi ex acudir a este tipo de empresa sería un negocio redondo ya que el precio normalmente es muy a la baja a lo que hay escriturado.
Salvó que me este equivocando....
Tu ex tiene obligación de comunicarte la venta.
Pero esto no quiere decir que lo haga.
Yo no se si el notario tiene obligación de hacerlo, pero lo puedes preguntar en una notaría.
De todas formas, tienes que estar alerta, porque sí que hay empresas que se dedican a comprar en pro indiviso por un valor menor que el de mercado. Siempre sacan algo de dinero:
Si se realiza la venta, pero haces uso del derecho de retracto, ponen una penalización al vendedor.
Y si no se realiza el derecho de retracto, te intentan comprar tu parte por un precio muy bajo. Y si no accedes, piden la subasta, donde tienen ellos un derecho preferente de remate como todos los copropietarios. Además, cuentan con que tú a lo mejor no tengas preparado el dinero para hacer uso de tu derecho de adquisición.
Tú tienes el uso de la vivienda, supongo que hasta que tu hijo sea mayor de edad. Y siempre está por delante el interés del menor. Así que el uso no te lo pueden quitar.
Si te sirve de algo; Me pasó un caso que un ex cónyuge quiso hacer alzamiento de bienes y el notario envió la carta para recoger la escritura, a los dos, en el domicilio conyugal. Por lo que nos enteramos y pudimos evitarlo. Pero, yo de tí estaría alerta.
Gracias garti, has dado en el clavo mi inquietud es que venda y no me entere. Por eso me gustaría saber si hay alguna manera de hacer yo algo para saber sí vende su parte. Conozco por lo que he leído que hay un plazo de 9 días para solicitar el retracto pero lógicamente no puedo todos los días estar pidiendo una nota simple para saber sí hay alguna venta. Sabéis de alguna manera de que me informen si hay alguna venta. No sería normal que el vendedor tenga la obligación de notificarlo.
Estás en lo cierto, tienes el derecho de adquisición preferente (derecho de tanteo), y también el derecho de retracto (que una vez que se haya vendido, puedes pedir al comprador que te lo venda en las mismas condiciones), siempre dentro de un plazo.
Además tienes el uso de la vivienda. Por lo que lo tiene muy complicado. Te lo tendría que notificar antes. Y pedirte la extinción de condominio, y si te niegas; por vía judicial.
De todas formas, yo de ti, estaría alerta por si lo vende, ya que tienes plazos para hacer valer tus derechos.
Espero haberte ayudado.
Como sabeis muchos de los foreros con lo que hablo Aa diario hace recientemente consegui la custodia de mi hijo y el uso de la vivienda.
Yo pensaba que las cosas iban a cambiar a mejor pero resulta que me llegan a mis oidos por terceras personas las intenciones de mi exmujer y estoy algo preocupado es por ello pido si hay alguien que me pueda despejar unas dudas que tengo.
El caso es el siguiente:
Mi exmujer se ha puesto en contacto con una empresa de internet de proindivisos no sé exactamente cual con el objeto de vender su parte.
Se que ella puede vender su parte pero por lo que tengo entendido yo tengo un derecho a compra preferente y si no estoy equivocado con las mismas condiciones y igual precio que le pueda ofrecer esta empresa de proindiviso.
Es más sino estoy equivocado me lo tiene que notificar ella antes de vender la parte que le corresponde. Y si no fuera así me imagino que el notario donde fueran a hacer la compraventa tendria que manifestar que la otra parte que soy yo no estoy al corriente de la transacción.
Por favor estoy echo un lio alguien con conocimientos de proindivisos me puede orientar. GRACIAS.