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Ascensor: parada entre plantas

28 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 28 comentarios
Ascensor: parada entre plantas
19/12/2022 22:01
Buenos dias,
Tengo un familiar mayor que vive en un edificio que tiene ascensor pero para entre plantas, es obligatorio la instalación de uno nuevo que pare entre plantas ?
19/12/2022 22:11
Quería decir si está obligada a la instalación de ascensor que pare en las plantas en lugar de entreplantas
19/12/2022 23:17
Deduzco que si no para en las plantas, es porque no existen puertas, es asi?
20/12/2022 16:18
jalisco
Existen puertas, pero no para en el rellano de las viviendas si no hay que subir o bajar unos escalones , pero el ascensor forma parte de la estructura del edificio
20/12/2022 17:10
Es de sobra sabido, que el ascensor es un elemento endógeno del edificio.
Pero nos puede explicar, porque es dificil de comprender, porqué si existen puertas, el ascensor no para en el rellano donde están las puertas de las viviendas y si lo hace en las entreplantas.
Es que es incomprensible, es el mundo al reves
20/12/2022 17:29
jalisco
Porque se construyó el edificio en su momento así, a mediados del siglo XX
20/12/2022 17:40
Pues dado que usted indica que si existen puertas en las plantas, eso sería un ajuste del ascensor, sin necesidad de realizar obra alguna. Por lo cual si su familiar tiene más de 70 años, le adjuntomel artt. 10..b de la LPH, Donde le indica la obligación de eliminacion de barreras arquitectónicas
b) Las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. No eliminará el carácter obligatorio de estas obras el hecho de que el resto de su coste, más allá de las citadas mensualidades, sea asumido por quienes las hayan requerido.
20/12/2022 17:48
jalisco
Gracias. Es decir, que no habría que instalar uno nuevo si no que valdría con otra opción y siempre que no exceda el coste de 12 mensualidades?
20/12/2022 18:33
A la pregunta técnica, yo no puedo responderle, deberan ponerse en contacto con la empresa de mantenimiento para que de un presupuesto, cuando lo tenga, debera comunicarle al presidente que en la próxima junta se trate el tema.
Referente al coste: el cambio es obligatorio y la comunidad abonara todo el coste si éste no supera las doce mensualidades en caso que este coste se realice en un único año, lo que pase de las 12 mensualidades lo deberá poner su familiar, teniendo en cuenta que se puede abonar en más de un año.
20/12/2022 18:58
Austriaviena
Lo primero sería preguntar a la empresa de los ascensores si técnicamente es posible poner el desembarque en llos descansillos de las plantas.
21/12/2022 00:31
Cuando el ascensor para entre plantas, la parada está en medio de los dos tramos de escalera de cada piso, y para cambiar hay que cambiar la escalera por completo. Que un técnico compruebe si eso es posible.
perfil Int
21/12/2022 01:58
No se puede poner una plataforma o silla salva escaleras en el tramo del vecino afectado?
21/12/2022 11:46
Pepe es que austraviena indica que en el rellano donde estan situadas las puertas de las viviendas, existen puertas del ascensor.
Esto es muybraro, pero es lo que indica
22/12/2022 12:36
Me parece muy raro que pudiendo poner el ascensor en cada planta evitando tramos de escalera no se hiciera en su instalación. Esto tiene poco sentido. Debería preguntar a la empresa de mantenimiento, qué requisitos requiere poner la parada en los rellanos de los pisos para conocer la existencia de algún problema técnico. Desde aquí solo se le puede ayudar especulando porque la cuestión es muy rara.
25/01/2023 00:04
jalisco
Tengo entendido que ya existen resoluciones en las que los propietarios han tenido que pagar 12 mensualidades de Comunidad por cada año de financiación del pago de la nueva instalación del ascensor .
Es que si no , ¿ para que sirve la Ley de accesibilidad universal si un discapacitado tiene que pagar 40 o 50 mil euros para que se realice un cambio de ascensor y a lo mejor , incluso aumentar paradas , llevar el ascensor a cota 0 , etc ? .
12 mensualidades de Comunidad en un edificio de 10 propietarios , no dan ni para la firma del proyecto . Saludos .
25/01/2023 16:35
No es que existan resolucciones, es que la LPH en su art. 10.1.b. asi lo indica.
Pero existe la posibilidad de fraccionar el pago en varios años, asi serian 12 mensualidades por cada año a abonar.
Yo soy un acerrímo defensor de los problemas de los minusválidos por cuestiones familiares, pero entiendo que el problema a soluccionar puede ser imposible de su realización por un propietario carente de solvencia económica por cualquier circunstancia
25/01/2023 16:56
jalisco
Jalisco , gracias por tus comentarios.
Totalmente de acuerdo con lo que escribes pero ... al no hacer falta ni siquiera Junta de propietarios en estas circunstancias , ¿ quién decide los años de financiación ? ¿ la propia persona afectada ? Es que en el caso de que los propietarios no cumplan mayoría para la ejecución de la obra , al discapacitado indudablemente , lo que le favorece es , el que haya más años de financiación.

Es decir , yo soy discapacitado en un 86% , por una Esclerosis Múltiple con movilidad reducida e incluso ayuda de terceras personas para ciertos actos de mi vida diaria y ya dispongo de varios presupuestos para , en mi caso , aumentar una parada el ascensor y tener más fácil el llegar a la plaza de garaje privada y en el mismo edificio . Ahí es donde recargo las sillas de ruedas eléctricas y salgo directamente a la calle o se meten en el coche para llevar ante cualquier necesidad .
Como ya me temo que no va a ser aprobada la accesibilidad desde el ascensor , ¿ envío un escrito al presidente de la comunidad y si aún así lo niegan , sigo por la vía judicial ? ¿ Es correcto ? .

Aún así , lo que me preocupa es saber quién decide el número de meses de financiación .
Gracias y saludos .
26/01/2023 16:24
Vaya ! Me he quedado con las ganas de alguna respuesta o comentario a mis dudas :(
26/01/2023 16:38
Vilar39
La decisión corresponde siempre a la junta. La propuesta la puede hacer cualquier copropietario. Si tienes varios presupuestos que te permitan hacer una propuesta sólida, lo correcto es solicitar una junta para proponerla.
26/01/2023 16:55
Pepelu90
Ese paso se va a realizar la semana que viene en Junta de propietarios , es decir , hay varios presupuestos y se va a realizar la votación de si se aumenta la accesibilidad hacia abajo para ir al garaje o no , ya que el ascensor se queda en planta 0 .
Si el resultado de la votación es que SÍ a la accesibilidad al garaje , entiendo perfectamente que entonces el fraccionamiento de los pagos se decida en Junta pero ... poniéndonos en el caso de que el resultado de la votación sea NO a la accesibilidad del ascensor al garaje y yo como discapacitado siga luchando por que se realice hasta el punto de llegar a una demanda ( cosa que no deseo) .... si la resolución es a mi favor en el mejor de los casos , ¿ podría el juez o yo mismo , proponer los meses de fraccionamiento en base por ejemplo , a mi capacidad económica ? es decir , podría pedirle o solicitar al juez que el pago se realice en 96 meses por decir algo ? .