El contenido de la citacion es el siguiente: ser oido en conceto de imputado,de acuerdo con la ley de enjuiciamiento criminal,como responsable de un presunto delito de estafa. Debo comprarecer asistido de un abogado que me defienda,en otro caso se designara uno de oficio....Diligencia solo hay la de la citacion. Un saludo.
"Artículo 486.
La persona a quien se impute un acto punible deberá ser citada sólo para ser oída, a no ser que la ley disponga lo contrario, o que desde luego proceda su detención".
¿Puede informar sobre el resto de datos que constan en la citación?¿Se existen diligencias Previas o son sólo policiales?¿En calidad de qué está Vd. citado?
Si no te presentas en el juzgado el día para el que te han citado sin causa justificada, el juez ordenará tu detención y serás conducido a dicho juzgado, eso si, tras pasar un día o dos en los calabozos.
Hola.Me gustarua comentarle lo siguiente por si me podriais ayudar un poco.Me ha llegado una citacion que pone lo siguiente,,Lo dispuesto en el Articulo 486 de la ley de enjuiciamiento criminal por un presunto delito de estafa. Mis preguntas son las siguientes: A que me podria enfrentar y que me puede acarrear? Hay alguna forma de detener el procedimiento o algo asi? A que me puedo enfrentar? Espero su respuesta. Un cordial saludo