Son válidos, a efectos del ordenamiento jurídico español, los contratos onerosos celebrados en España por extranjero incapaz según su ley nacional, si la causa de la incapacidad no estuviese reconocida en la legislación española.
hola: soy estudiante de una oposicion, y tengo una duda que mi temario no resulve.
un extranjero supongo americano , creo que su pais mayoria edad 21, quiere hacer un contrato mercantil en españa y tiene 19, puede hacerlo?
parece que el codigo dice que no porque en su pais no tiene capacidad para contrartar.