Hola a todos.
Vereis,tengo un familiar que tiene arrendada una finca de regadio a un señor que la utiliza logicamente para su cultivo.
Mi pregunta es la siguiente,el dia que este señor se jubile, ¿mi familiar podra disponer de la finca sin ningun tipo de problema? Es decir el contrato ya sea verbal o escrito¿se dara por terminado??
¿¿O cabe alguna posibilidad de que el arrendamiento pase a la mujer e hijos de este señor??
Los recibos de pago del arrendamiento vienen a nombre del señor¿pero y por ejemplo si cuando se acercara el momento de su jubilacion, los recibos vinieran a nombre de su mujer???
Espero haberme expresado bien(como se suele decir soy de ciencias)y que hayais entendido cual es la preocupacion de mi familiar,ya que su intención es cuando se jubile este señor,disponer de las fincas para su venta o alquiler a otras personas
Gracias de antemano.