Hola compañeros:
podriais orientarme en este tema?
estoy revisando un cto de arrendamiento de una vivienda de mas de 300 m2, que ademas ha sido arrendada a una persona por razon de su cargo, por lo que no se rige por la lau.
Los arrendamientos de viviendas de más de 300 m2 se regulan por la Voluntad de las partes, en su defecto, por el título III de la LAu del 94, y supletoriamente por el Código Civil. Art 4.2 LEy 29/94 de 24 de Noviembre de 1994 de Arrendamientos Urbanos.