El contrato de arrendamiento realizado por una administración pública tiene el siguiente regimen jurídico: respecto de los actos de preparación y adjudicación es aplicable el texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas aprobado por RD legislativo 2/2000 y respecto de los efectos y extinción la legislación civil. Si no he entendido mal el bien arrendado es de un club de aeromodelismo. Si es así, debes seguir la vía civil.
No se si con esto te he respondido, si necesitas saber algo más no dejes de preguntarlo
Un saludo
Hola a todos. Mi duda es la siguiente: un Ayuntamiento arrendó una finca a un club de aeromodelismo y, tras varios años, le ha resuelto el contrato. Desearía sabr si este contrato es administrativo o cicil y la forma en la que el desalojo de la finca debe hacerse (demanda de desahucio, jurisdicción administrativa, etc) y donde está regulado.
Gracias.