Si el arrendamiento es a la S.L., la renta será obtenida por esta entidad. En este sentido, los beneficios de la sociedad, en caso de que se distribuyan, irán tanto para tu madre como para el otro socio.
Voy a arrendar un bajo que es de una S.L., son 2 socios y uno es mi madre. El alquiler es de 500€, pero solo se lo voy a pagar al socio, por lo que son 250€. ¿puedo indicar en el contrato de arrendamiento 250€? puesto que es la cifra real que yo voy a pagar, ya que la parte de mi madre no es arrendada soy hija única, o tengo que indicar 500€?