Buenas tardes ante todo. Mi consulta es la siguiente:
Mi vivienda es una casa unifamiliar de dos plantas, y una habitación de mi vecino esta sobre otra de mi propiedad, con lo cual, el tejado esta sobre su habitación. Éste quiere hacer obra en en el tejado de retejado y quiere que yo le pague la parte proporcional porque considera que el tejado es de ambos. Puede reclamarme alguna cantidad de dinero por este arreglo? y por el contrario si yo hiciera obra en la parte de mi fachada que está completamente debajo de la habitacion suya, yo podria reclamarle alguna cantidad por estas tareas? Un saludo y espero vuestras atentas noticias.
Hola.
No me cuadra eso de que es UNIFAMILIAR y que su vecino tenga una habitación sobre la de usted.
Eso es muy inusual, por no decir IMPOSIBLE.
Si usted cree que no tiene que pagar el tejado, supongo que no le importará si el día de mañana el vecino lo quita y deja que le llueva a usted, ¿no? (vale, es un absurdo, pero es para que lo entienda).
En muchas localidades existen viviendas en las que parte de una se mete en la otra, eso es lo que quiero decir. Mi vecino tiene una habitacion sobre una de las mias, y a la vez yo tengo dos sobre otra vivienda vecina. No se si me entiende ahora. Un saludo
Hola.
Sí, le entiendo, pero eso es una edificación singular que, en su conjunto, imagino que se considera un edificio.
Habría que ir a la DIVISIÓN HORIZONTAL para ver cuántos vecinos componen "EL TODO", es decir, la suma de todas viviendas que comparten la cimentación, estructura y tejado. Ya sea de forma total o parcial.
Por lo que deduzco, la suma de todas las viviendas de esa edificación sigue siendo un EDIFICIO
(singular), pero un EDIFICIO.
Lo que es evidente, como ya le he expresado, es que el tejado es, como mínimo, de todos los que están debajo de él. Y, seguramente, si la División Horizontal no estipula otra cosa, también del resto de viviendas que compartan cimentación.