Buenos días
En reciente junta de vecinos, por una mayoría bastante holgada, se ha aprobado la renovación completa de las instalaciones eléctricas de los edificios de la comunidad y un presupuesto de 250.000€ para realizarlo.
Ningún inspector oficial ha pasado a ver las instalaciones ni ha hecho ningún informe de ningún tipo. Aunque han dicho que vendrá con la empresa instaladora a verlo y aconsejar a esta.
Hace unos 7 años se aprobó una derrama y se fundó un fondo con el objeto de hacer la obra cuando pasara el inspector de la comunidad de Madrid. Esto figura en el acta de la junta de aquel año.
Algunos vecinos hemos votado en contra, porque el inspector no ha venido, porque nadie lo ha llamado.
Mi pregunta es si podemos hacer algo para obligar a la Comunidad de vecinos, encabezada por presidente y Administrador, a hacer sólo la obra que obligue el inspector después de llamarle y realice su informe. O por el contrario estamos obligados a pagar esta obra de renovación de toda la instalación eléctrica, excepto los contadores, incluyendo rozas por las escaleras, detectores de movimiento, luces de emergencia.
Quién ha dicho o argumentado el cambio de esa instalación? Es algún técnico o ingeniero que la haya visto y observaciones deficiencias?.
El que vaya un técnico de una empresa instaladora no significa que se tenga que hacer ya que esta empresa es parte interesada en hacer este tipo de trabajos y es posible que no sea necesaria o solo en parte.
Ustedes necesitan un técnico imparcial que deben de contratar, el cual realizará un informe detallado de las anomalía observadas las cuales tenéis que solucionar, si existen.
Cuando hay un administrador por medio, tiene toda la pinta que ahí hay negocio. Además deben requiere otros presupuestos que deberían ser de ustedes y no el que presente el administrador (por estar contaminados) y se debe de votar el más ventajoso para vosotros. Desconfíen del presentado por el administrador por su toxicidad.
Usted ha votado en contra. Bien hecho. Pero si tiran para adelante ese acuerdo, tendrá que impugnarlo en un juzgado antes de que pasen tres meses. Esto se hace con abogado y procurador, pero no se asuste, que seguro que no llega a juicio porque no hay un dictamen oficial de la necesidad obligada de hacer esa instalación. Eso sí, la consulta al abogado la tendrá que pagar, pero se puede repercutir a la comunidad en caso de acuerdo, que si son inteligentes lo habrá.
Lo que no entiendo es hacer una derrama a supuesto. Es decir, dar por hecho que dentro de un tiempo se tendrá que cambiar y sin haber un informe técnico, y menos por esa cuantía.
Sí contratan a un técnico o ingeniero eléctrico, mejor que vaya solo, sin empresa al lado. Motivo. Empresas e inspectores pueden tener cierta afinidad lucrativa. Estamos en el país del Lazarillo de Tormes, ya me entiende.
Además dice que esa derrama se inició hace 7 años. Cómo sabían ustedes lo que costaría para iniciarla? Ese dinero en manos de quién ha estado en todo ese tiempo? Su comunidad debe ser grande, cuántos pisos son?.
De todas formas es importe ver el redactado del acta ya que dice que esa instalación se hará una vez sea inspeccionada por un técnico y llevará a una empresa de la mano. Mi opinión es que la mire un técnico buscado por ustedes y en solitario.
A mí todo me parece muy irregular.
En 2015 la administradora nos dijo que teníamos que pasar la inspección de el REBT (de 2002 y no nos dijo que ya teníamos dos años de retraso) y que el inspector vendría, (se aprobó la derrama para tener dinero adelantado) pero no ha venido porque nadie le ha llamado a una OCA. La derrama se dejó de pasar porque ya pagamos unos 600€ cada uno, y ahora se ha aprobado otra derrama, pero ya no para cuando venga el inspector, si no para hacer la obra del presupuesto aprobado, aunque dicen que con la empresa vendrá un inspector y si dice que no es necesario tanto pues bajará la factura (está claro que es un camelo, no vendrá ningún inspector o perito que haga un informe oficial y desde luego no antes de aprobar la obra, porque ya se ha aprobado) la nueva derrama empezarán a pasarla en diciembre y utilizarán el fondo aprobado en 2015 que en u acta dice que espara ña bra que exija el inspector.
Yo he consultado dicho reglamento y pienso que no tenemos obligación de inspección, puesto que nuestros edificios no tienen más de 100 kw instalados y tienen menos de 16 suministros. Todo lo han montado a base de bulos.
Presidente, vicepresidente y administración han manejado y aprobado distintos presupuestos y luego en la junta se ha aprobado uno.
La derrama ha estado en el banco y hemos pagado unos 4000€ de comisiones en estos 8 años. Se aprobó para tener dinero adelantado, 90.000€., pero no hubo ninguna obra aprobada, solo en previsión de lo que nos obligara el inspector. Esto quedóreflejado en el acta.
Se dejó de pagar hace unos dos años, y ahora han aprobado otra hasta los 250.000 que se empieza a pagar en diciembre.
Las instalaciones puede que necesiten mejoras y renovaciones, como los armarios de contadores, y a mí me gustaría mejorar y hacer más seguras las instalaciones.
Pero no hay ningún informe de nadie, al menos hasta ahora, es solo la opinión de algunos vecinos que quieren cambiar completamente todas las instalaciones y han convencido a la mayoría diciendo qu"estamis obligados"
No sé cómo quedará redactado en el acta, porque estos son capaces de poner cualqier cosa. Yo pedí que constara en el acta mi voto negativo, así como otros vecinos, que nos parece una obra exagerada. Hay otros presupuestos con menos obra contemplada y más baratos, claro. Estas empresas también dicen que sería suficiente para estar seguros y cumplie con legislación, si acaso no cumplieramos ahora.
Que en vuestra comunidad se producen muchas irregularidades es notorio. Hacer una previsión de fondos (derrama) a futuro, se puede hacer, ya que el importe se prevé importante, pero acto seguido hay que hacer un presupuesto para saber la cuantía necesaria para no quedar corto ni pasarse. Sobre la revisión de la Baja Tensión, es necesaria si su edificio tiene mas de 100kw de potencia y esto lo realizan inspectores imparciales y puede costar 300 €. En ese informe ya se especifican las intervenciones que hay que hacer y es lo que hay que presupuestar.
Sobre que han pagado 4.000€ de comisiones bancarias, me alarma. Hay bancos que no cobran comisiones a las comunidades. Sí, es verdad que son pocos, pero los hay.
En su comunidad no debe haber morosos por el volumen de dinero que manejan. Son las comunidades "pudientes" y es donde los administradores se ceban. Donde hay morosos no aprietan ya que pueden perder la comunidad por impagos, aparte que están llenas de problemas.
¿Cuántos vecinos sois en vuestra comunidad? y ¿de qué provincia?.
La mayoría de los problemas de las comunidades vienen motivada por los administradores de fincas, y como ejemplo puede servir este foro, donde de los 10 problemas primeros 7 son como consecuencia de ellos. Uno por no asesorar convenientemente, otros por abusos de poder y otro por una mala contabilidad, etc...
Las actas las redacta el administrador en función de secretario y dependiendo lo que ahí se figure, se vinculan los acuerdos. Lo que quiero decir es que, es un arma en favor de los administradores ya que cuando se acuerde algo que a ellos no les convienen, lo omiten o lo manipulan. Y además sepa que, es una documentación que pide el juez en caso de un juicio para conocer los acuerdos alcanzados, por lo que depende lo que se haya escrito, el juez dicta sentencia. Por ello es tan importante lo que se exponga en su redactado.
Gracias
Somos 166 vecinos en 14 edificios, cada uno con su portal a la calle e instalación electrica con menos de 100Kw y menos de 16 suministros; en la Comiunidad de Madrid.
Hay unos 10 vecinos con deudas a la Comunidad de vecinos, con deudas de 1000 (o menos) pero ha varios (5-6) que deben más de 5-6000€ e incluso hay alguno que debe más de 16000€. Hay gente pudiente, normal y algunos tienen problemas económicos.
Lo que suele pasar es que, como en este caso, se aprueban gastos por mayoría sin pensar en quien no puede pagar. Y tirando el dinero por mala gestión de la Administración, cuya incompetencia es manifiesta, pero hay vecinos "con influencias" que la protegen.
14 edificio conforman una mancomunidad y cada edificio deberá tener su presidente (supongo). Y sólo unos 10 vecinos morosos, no son muchos. Ahora eso de que hay alguno con deudas de 16.000€ es mucha deuda. Las deudas que superan los 5 años prescriben, salvo que no se judicialicen. Por lo que sí ha pasado ese tiempo y no se les ha reclamado legalmente, olvídese de cobrarlas. Claro!!, esto es trabajo para el administrador pero como hay dinero por otra parte, para qué moverse.
Un chollo tiene ese reyezuelo de administrador con ustedes.
Las deudas pueden estar declaradas pero no reclamadas judicialmente como dispone el art 21 de la ley de propiedad horizontal, y si no es así, y han pasado 5 años, las deudas pasada ese tiempo han prescrito, no cabe reclamación. La justicia entiende que sí ha pasado ese tiempo y no ha habido reclamación alguna, es que no hay interés en cobrarla.
Un solo presidente para tantos edificio? No lo entiendo porque cada torre puede tener problemas de índole personal o individual. Y un presidente no puede atender o conocer los problemas de las torres vecinas. Esto me suena un poco raro. De todas formas habría que ver el título constitutivo para ver cómo se configuró ésta urbanización. Es muy antigua? Este administrador llevará ahí toda la vida? Menudo chollo!!
Perdone pero esto del 17.4 no le entiendo.
Lo que si le digo que las deudas que superen los 5 años han prescrito y no son reclamables.
TS, Sala Primera, de lo Civil, Pleno, 4-11-202127 de septiembre de 2022 14:37
El plazo de prescripción para reclamar las cuotas impagadas a la comunidad de propietarios es de 5 años, por aplicación del apdo. 3 del art. 1966 CC