Recientemente,la Comunidad de propietarios fué expropiada de parte de la finca.
El importe de la expropiación, cerca de treinta millones de las antiguas Ptas,Ha sido destinado por decisión unilateral del Presidente,sin consulta a los copropietarios ni acuerdo en Junta,alFondo de Obras.
Algunos copropietarios estimamos que es una cantidad demasiado elevada para destinarlo a tal fin,que por otra parte está muy bien dotado,y que debe distribuirse.
Creo que la decisión del Presidente es ilegal.
¿Que es necesario para anular la decisión del Presidente?
¿Tiene responsabilidad el Administrador por no advertir al Presidente de la posible ilegalidad?
Gracias por la ayuda
Que dios me corrija si me equivoco, pero a partir de ahora vais a tener más obras que la expo de Sevilla o la America's cup de Valencia, por citar dos ejemplos.
Y ya puedes figurarte quienes estarán en medio de todo ese tinglao.
Reuniros el 25%, convovar una Junta, y decidir como Dios manda lo que debe ocurrir en vuestra comunidad.
Por lo que comentas, el administrador secunda al presidente, lo que ya me acaba de despejar todas las dudas. El administrador debe impedir que otros se metan en su trabajo, no realizarle el trabajo sucio a otros, a cambio de no se sabe muy bien qué (o alomejor es al revés, y es el presidente el que le está haciendo el trabajo sucio al administrador).
Total, aquí todos a poner el cazo. Y tú a dejar que te ordeñen, como bien dice Fontanero.
Las Comunidades de Propietarios son Comunidades de Bienes. Por consiguiente, si lo que te corresponde es sustancioso solicita FEHACIENTEMENTE que en la próxima Junta incluya en el Orden del Día EL QUE SE ACUERDE EL REPARTO de esos kilitos entre los comuneros de acuerdo con el coeficiente de propiedad que cada uno tenga.
De paso, mira a ver lo que le correspondería a cada uno y repartes una nota con la distribución de la pasta (mejor si puedes darla en mano a las esposas)