Buenas a todos:
Necesito vuestra ayuda, soy novato en la profesión...tengo una consulta que no quisiera dejarla a medias... Mi duda, es la siguiente:
Cuando unos padres donan a su hijo unos bienes determinados y a su consorte al 50 %¿ hay que tributar dos veces en ID, o al ser un matrimonio tributamos una vez?