Hola he aplicado a la nac. española por residencia hace 2,5 años..sigo esperando, mi marido es francés, y tengo entendido que tarde menos en obtenerla . Mis preguntas son:
1)puedo aplicar a la nac. francesa?(a pesar de que he aplicado a la española?)
2) pueden ser denegadas ambas antes de que obtenga alguna?
mi objetivo no es tener ambas, solo que debido a la demora creo que quizás sea conveniente que aplique a la francesa.
Muchas gracias por su ayuda.
La nacionalidad de cada Estado se rige exclusivamente por la Ley de cada Estado. Usted ha solicitado la española, de acuerdo con la normativa española. Debe esperar a que sea resuelta y se la notifique.
En relación a la adquisición de nacionalidad francesa por matrimonio, regulada en los arts. 21-1 a 21-6 del Código Civil de Francia, tenga en cuenta la condición que se exige, alternativamente:
A) Que el matrimonio haya durado, al menos, 4 años.
B) En el caso de que no se pueda demostrar que se ha residido en territorio francés de forma continuada por, al menos, 3 años desde la celebración del matrimonio o que el cónyuge francés no hubiera estado inscrito en el Registro de residentes fuera de Francia, a cargo del respectivo Consulado, el matrimonio debe haber durado, al menos 5 años.
En ambos casos, la comunidad de vida marital debe mantenerse y el cónyuge francés debe conservar la nacionalidad francesa.
El procedimiento es por simple declaración y puede hacerla en el Consulado de Francia acreditado en España.
En nada afecta a la adquisición de la nacionalidad española que usted adquiera la francesa por matrimonio. Y en nada afecta a la adquisición de la francesa, que usted adquiera antes la española, porque es la legislación de cada país la que regula su respectiva nacionalidad.