Tema: Aparatos eléctricos, refrigeradores, neveras o combis en los cuartos trasteros utili-zando el fluido eléctrico comunitario que abonamos entre todos.
Veréis, alguien de mi comunidad me hizo la siguiente comunicación o confesión de forma anónima:
“Los de siempre tienen aparatos eléctricos, refrigeradores, neveras o combis en los cuartos trasteros, algo que está absolutamente prohibido ya que el gasto de luz de esas zonas comunitarias lo abonamos entre todos.
Pongo esta información en tus manos para que obres en consecuencia o lo comuniques al administrador.”
¿Es correcto lo que dice? ¿Pueden usar la electricidad comunitaria para su uso particular? Yo lo he comentado varias veces, y lo denunciado a los propios vecinos de la comunidad y al administrador, pero parece ser que hablo a oídos sordos, y no les importa, y digo esto, porque nadie dice nada, pero a decir verdad tampoco a mí me importa dema-siado, pero lo que si me importa es que cuando se habla de normativas, y del cum-plimiento de la ley, parece que no todos somos iguales, unos son más guapos que otros y es como la “LEY DEL EMBUDO” lo estrecho para mí, y lo ancho para los otros, es decir los de siempre.
Kissen eso no es nada en mi comunidad el constructor el administrador y un propietario de los primeros que llegaron se an repartido 4500 metros de garage juntando varias plazas de parking an echo pequeños almacenes y los alquilan como si fuese una nave industrial hay todo tipo de materiales almacenados y ni siquiera tienen una poliza de seguros. ademas a los propietarios de las viviendas nos hacen pagar gastos de garage sin derecho a aparcar nuestros coches. pero lo peorde todo es que esos almacenes algunos tienen maquinaria para trabajar y utilizan la corriente de la comunidad.
Puestos a contar de las comunidades... paso a decir de la mía.
Tenemos unos locales comerciales de cara a la calle con horarios comerciales diferentes:
Local Comercial destinado a BAR, abre más bien por las tardes hasta la madrugada (01,30h aprox).
Local Comercial destinado a Tienda de ultramarinos, este abre de (07,30 a.m. a 20,30 p.m.).
Local Comercial destinado a Farmacia, en los días que NO tiene guardia, su horario es el normal de una farmacia, los días de guardia son 24 horas.
Todos estos locales están de cara a la calle y tienen sus respectivas rejas en puertas y ventanas pero además tienen unas rejas exteriores que protegen, en cierto modo, a toda la comunidad y digo protegen porque serr pusieron en su día para que las cancelas se cerraran por las noches, cosa que no se hace desde hace ya años.
Para que nos hagamos una idea más clara; los locales tienen sus rejas y entre esas rejas y las rejas de la calle (que son de la comunidad) tienen un pasillo que es de USO EXCLUSIVO de ellos, dado que hay otras 2 cancelas para cerrarlas y de ese modo nadie transite por ellas, es decir, que están más que protegidos los Locales Comerciales que las viviendas de la comunidad y NO tenemos acceso a esos pasillos los demás propietarios de la comunidad cuando esas cancelas se cierran con llave y las llaves las tienen los propietarios de los Locales Comerciales, los demás NO TENEMOS DERECHO. Ahora bién, esto es lo más gracioso... tod@s l@s propietari@s de la comunidad "SI" tenemos que "PAGAR LA LUZ QUE CONSUMEN LOS 7 BOMBILLOS QUE HAY ENTRE ESOS DOS PASILLOS", 2 bombillos en el pasillo de la Farmacia (unico pasillo) y 5 bombillos en el pasillo de la tienda de ultramarinos y bar (pasillo de acceso a esos 2 Locales Comerciales).
Como el BAR está cerrado por vacaciones y no hay indicios de abrirlo en breve, y teniendo 2 bombillos cerca del Bar, se apagaron esos dos bombillos dejando completamente iluminado el pasillo y dándole luz más que suficiente al Local Comercial llamado Tienda de ultramarinos con 3 bombillos. Hay que dejar bien claro que el Local Comercial denominado "tienda de ultramarinos" es el ÚNICO que no tiene cartel exterior que ilumine su puerta (cartel exterior pero dentro del pasillo como lo tienen los demás) y cuando se apagaron esos 2 bombillos se quejaron porque... "peligraba la integridad de su local; osea, que a costa del bolsillo de todos tenemos que pagar la luz para que su local esté ILUNIMADO TODA LA NOCHE y así nadie les robe"... y también pidieron en Junta que... "No se les apagara nunca esos bombillos"... y que "si se cae alguien por falta de luz, que los locales no son responsables de esas caidas (refiriendose a caídas en la calle y NO dentro de la Comunidad). Y luego dicen que hay que ahorrar... ¡¡¡ manda narices !!!
A parte que cada uno cuente sus "batallas" particulares de su comunidad, contesto a Kissen75 que es el que ha comenzado el hilo.
Mire... es obvio que lo que hacen sus vecinos no es legal. No se pueden utilizar los servicios comunes como propios y que paguen los demás, pero usted dice que se lo ha comunicado a su administrador.
El artº 20 de la L.P.H. regula las responsabilidades de un administrador que está al frente de una comunidad de propietarios, y en su punto a), sentencia:
Corresponde al administrador, velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.
Si ese administrador no hace nada, no le paguen, que se gane el sueldo. No sólo no hace su trabajo sino que además ustedes le pagan cuando hay propietarios que están robando a la comunidad.
le aconsejo que comunique al administrador, por duplicado y que le firme copia, que figure como uno de los puntos del dia Cambio de intendidad del disyuntor de los trasteros, en mi comunidad se puso justo para las bombillas, si no acceden pues le aconsejo provoque un corte (ojo con cuidado si no es experto) y que salte el disyuntor, se descongelaran los langostinos de Navidad y ya está. Este punto le aconsejo pida consejo a un amigo electricista
Pasacero, por favor!!! Podrá explicarme mejor eso de 24 V (¿A qué se refiere… voltios o vatios?). En cualquier caso… podría explicarlo ¿en qué consiste?. Gracias!
Sera poner una batería de pilas para que de alimentación a los trasteros.
Lo que hay oir, desde cuando las compañias electricas suministran energía a 24V. ?
Supongo que usted carga su teléfono móvil. Estos aparatos se cargan, habitualmente, a 5 voltios. Y supongo que no lo hace con "pilas"...
La electricidad puede cambiarse de voltaje, es justo lo que hace el "cargador" del móvil.
Ya hay casas de nueva construcción que cuentan con una línea de corriente contínua a 24 voltios, utilizada sobre todo para iluminación (con la implantación de los led, esto será cada vez más habitual).
El suministro a la finca sigue siendo igual, a 220 voltios de corriente alterna, pero esta es transformada y rectificada antes de ser suministrada a la citada línea.
Desconocía que sea también una práctica habitual en trasteros, pero indudablemente tiene una lógica aplastante. Además de evitar "pirateos" como el que se menciona en este hilo, se reducen los riesgos de incendio en unas zonas poco visibles y por lo tanto con mayores riesgos de propagación.
Por cierto, provocar voluntariamente un cortocircuito es algo muy poco aconsejable. Aunque no sea habitual, puede causar daños a la instalación, incluso provocar incendios. Y de demostrarse que ha sido provocado, podrían serle imputados daños y perjuicios, además de responsabilidades penales.