Buenas noches, he obtenido plaza para el cuerpo C21000 Auxiliar administrativo de la Junta de Andalucia. Cumplo todos los requisitos para entrar, me dio por mirar lo de los antecedentes penales en el registro y aparezco sobre un juicio que tuve hace 3 años, el cual ya pagué la multa de 6meses 4 euros, fue por unos daños en un ascensor que ni realicé pero en el juicio llegamos a un acuerdo y lo acepté para quitarme de esa situación tan estresante y rara para mi.
En la convocatoria no aparece nada de antecedentes penales, solo a no tener antecedentes penales de delito sexual con menores (que no es mi caso), ser español, edad, titulación (que lo cumplo todo) y este artículo:
1.5. No haber sido separada la persona aspirante mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario y no poseer la condición de personal funcionario de carrera del
cuerpo a que se aspira.
En el caso de ser la persona aspirante nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada
o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
Estoy en vilo porque no se si esto me va a afectar en mi toma de posesión. Espero respuesta. Muchas gracias.
He opositado a profesora de secundaria y he sido condenada por un tema vecinal a un delito leve por coacion, que està recurrido, ¿tendréproblemas para tomar posesion de la plaza?, Un saludo
En una oposición para agente de movilidad, exigen, "No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público"
Yo tengo antecedentes penales por conducción temeraria, que no sé si es delito doloso o no; en cualquier caso en éstasbases no ponen nada de que sea necesario no tener antecedentes por delito doloso. Solo pone el extracto que puse al principio.
Eso me inhabilitaría para presentarme a dichas oposiciones? El cuerpo de agentes de movilidad, no es un cuerpo de seguridad; en todos los demás..policia, guardia civil, si pone como requisito además del extracto escrito no tener antecedentes por delito doloso. En el caso de agentes de movilidad, no. Pero, alguien me puede decir si con mis antecedentes penales, podria presentarme a esa oposición? El requisito que he escrito me lo impediría?
Olvidé otra pregunta: Se precisa"estar limpio" de antecedentes para ser funcionario de Instituciones Penitenciarias en cualquiera de los Cuerpos de dicha Institución( Ayudantes, Sanitarias, Técnico Superior)? Muchas gracias otra vez
Hola.
Rosario, no encuentro donde se recoge el límite de 3 años para poder o no poder presentarse a una oposición y ser nombrado funcionario. ¿ Me lo puedes aclarar? Gracias.
Aqui te pongo un ejemplo extraido de una convocatoria hecha acorde a su reglamento de ingreso y al EBEP al que se remite la misma, solo para vuestra tranquilidad:
Requisitos de la Oposición: 1º Ser español.
2º Tener 18 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
3º Hallarse en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
4º No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible para el desempeño del puesto.
5º No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de 3 años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
6º No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas, salvo que hubiese sido debidamente rehabilitado, y pertenecer al mismo cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten.
Veras. A la gente le gusta hablar mucho (en parte porque antes era asi) pero debes hacer caso a la ley vigente y no a lo que te diga la gente.
Por ejemplo para las oposiciones a Policia, guardia civil y este tipo de cosas tener antecedentes impide presentarse a las oposiciones. Pero por ejempo para agente de la Hacienda publica, tendrias que estar condenado a mas de 3 años (y cuando digo mas de 3 años no digo a 3 años)
Si quieres un consejo mira lo siguiente:
EBEP, reglamento de acceso al cuerpo al que quieres ingresas, y bases de la convocatoria. (las leyes desfavorables siempre se interpretan de modo restrictivo, por lo que si dice -y lo dice- "a mas de tres años" es a mas de tres años)
En definitiva, no hagas caso de la gente, sino de la normativa vigente -puedes consultar a un abogado contencioso-administrativista y te quedaras mas tranquila, no te costara mas de 50 euros una consulta-
Respecto a si hay gente a la que tiran para atras solo decirte que para eso estan los tribunales contencioso-administrativos donde tendrias en esta cuestion una victoria segura.
hola, estoy desgraciadamente en la misma situación que acr1986. Aunque Rosario nos tranquiliza, yo sigo preocupada, porque me han dicho que hay gente que una vez aprobados , si tienen antecedentes penales les tiran para atrás...
que pasa realmente?? agradezco cualquier respuesta
Muchas gracias por la rápida respuesta rosario40, la verdad es que me tenía un poco intranquilo este asunto ya que como he comentado es bastante el esfuerzo, tiempo y dinero que llevo dedicado a las mencionadas oposiciones. Yo también pensaba que no debe de tener incidencia este asunto, ya que el unico punto que pudiera afectar (tanto en el EBEP como en la propia resolución de convocatoria de oposiciones) es el mencionado anteriormente y que hace referencia a la "situación de inhabilitación para el desempeño de cargos públicos".
Nuevamente agradecerte tu rápida respuesta.
añado que el articulo que has puesto solo te lo impediria si te hubieran puesto una pena accesoria de inhabilitacion absoluta para cargo publico, pero esto solo se pone a los funcionarios que cometen algun delito en el ejercicio de sus funciones, esto es, como funcionarios.
El motivo de este mensaje es consultar un asunto que ciertamente me trae bastante preocupado durante los últimos días. Actualmente me encuentro preparando las oposiciones para Educación Secundaria que convoca la Junta de Andalucía y que tendran lugar en Junio-Julio de este año 2010. El pasado 14 de Febrero fui sometido a una prueba de alcoholemia en la que dí como resultado 0,72, por lo que la tramitación pasa por la vía penal. El juicio rápido se celebro el día 15 y fui condenado a 8 meses de suspensión de carnet, 360 E de multa y 32 días de trabajo comunitario. Antes de esto, carecía de antecedentes de todo tipo. Mi pregunta es la siguiente: ¿va a suporme este hecho un problema de cara a las oposiciones? ¿inhabilita para la función pública este antecedente? He estado consultando el Estatuto Básico del Empleado Público y he encontrado el artículo 56 (Requisitos generales para el acceso a la función pública) y en su punto 1.d puede leerse: "No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público"
Sinceramente agradecería mucho vuestra asesoría porque es bastante el tiempo, dinero y esfuerzo que llevo invertido en estas oposiciones y quisiera saber si este hecho puede traerme complicaciones.
Gracias por adelantado.