Hola,
Tengo un contrato de alquiler, vence en marzo el plazo legal máximo de 3 años, en el mismo se estipula que si ninguna de ambas partes con un preaviso de 30 días comunica la renovación del mismo se prórroga en base al art. 10 de la LAU por 1 año mas y bajo las mismas condiciones que figuran en el contrato. El propietario me habló de subir la renta 100€ y no quiso hacer ninguna mejora, que subía esos 100€ con un contrato nuevo... Dije que si y hace unos días me dijo que se hará un anexo al contrato informando que se prorroga y que la renta se actualiza por 100€ mas al mes. Indico que no estoy de acuerdo y que si quiere subir 100€ tiene que haber un contrato nuevo y no un anexo ya que en el contrato se estipula que si se prorroga será con las mismas condiciones firmadas en su día, me amenaza con su abogado porque por lo visto dice que está en su derecho de hacerlo, yo insistí en que no se puede y que vuelva a consultar. Mi pregunta es, al principio me dice que hacemos contrato nuevo y me sube 100€ la renta y después que no hace contrato nuevo que se prorroga por 1 año con un anexo solo para informar que se sube 100€. Se puede hacer eso? Creo que no, pero quiero me ayuden por favor. Muchas gracias!
Se puede hacer PERO el casero no tiene derecho. No puede imponerle lo que pretende. Bajo mi punto de vista ya se ha producido la prórroga de un año porque en realidad el casero no le ha dicho en ningún momento que no quiere seguir. Por tanto ya se ha producido la prórroga del art. 10. Pero es que además como no puede suibirle esos 100 euros resulta que el casero ahora ya no puede imponerle nada de nada.
Tengo un contrato de aquyiler que tiene vencimiento el 1 de mayo de 2019.
Quiero consultar que me conviene hacer ahora y que seria lo correcto o que opciones habria:
Yo veo 2 pero corrijame por favor:
1.hacer un nuevo contrato de 5 años ya que 3 años no lo permite la nueva ley verdad?
En este caso puede aumentarme la renta lo que quiera?
2. Si ninguno dice nada (arrendador ni yo, por el momento no hemos hablado) pregunto:
existe una prorroga "obligatoria" o tacita sin tener que hacer un contrato nuevo? De cuanto tiempo es esta prorroga? Se debe dejar por escrito que se prorroga el contrato anterior con las mismas condiciones?
Por otra parte, Tengo la fianza depositada en el incasol del contrato que vence ahora y no se como convendria hacer. El arrendador deberia retirar este dinero y volverlo a poner en el incasol poniendo una nueva fecha de contrato?
Le agradezco me pueda asesorar que seria lo mas conveniente.
Si dejar que se renueve tacitamente o como se llame este tipo de prorroga , o si es mejor celebrar un nuevo contrato de 5 años?
Si no hace ni dice nada, y su casero tampoco, llegado el día de vencimiento el contrato se prorrogará por un año más; y la subida de la renta posiblemente -aunque habría que ver el contrato- sea la resultante de aplicar el IPC.
Por tanto, no le conviene ponerse en contacto con el casero para pedir un nuevo contrato sujeto a la prórroga de cinco años, salvo que tenga mucho interés en asegurarse esa duración.
Muchas gracias por su respuesta. Pero me queda una duda, que pasa si el propietario no quiere hacer nuevo contrato conmigo de 5 años.
Tengo derecho al menos el derecho de quedarme al menos 1 año de prorroga "obligatoria" y el propietario debe respetarla?
O si el propietario me dice que me tengo que ir al finalizar el contrato no tengo mas remedio que irme?
MI idea es llegar a un acuerdo pero quiero saber que derechos tengo en caso de no lograr un acuerdo, o que me quiera aumentar demasiado en un nuevo contrato.
Comenzo el 1 de mayo de 2016. Y en el contrato realizado no se especifica ninguna clausula acerca de prorrogas ni tampoco acerca de tener que entregar el piso pasado los 3 años.
Muchas gracias por su gentileza de responder. Quedo a la espera de su comentario. Un saludo cordial.
Tal como ya expuso Leonjbr, ya se ha producido la prórroga de un año.
Pero debe usted prevenir que dentro de un año tal vez le comuniquen la finalización del contrato. O tal vez no, porque si bien los caseros aspiran a conseguir la mayor renta posible de sus viviendas (como es lógico, dicho sea de paso) en la balanza también pesa, y mucho, un inquilino que pague con normalidad, y pudiera ser que le casero prefiera seguir con usted, si paga bien, que arriesgarse a buscar a otro por arañar cien euros mensuales más.
Perdon pero creo que se confunde con el primer comentario. No entiendo porque dice que la prorroga ya se consumo. Aun no termina el 3 año de contrato. Y estamos a 2 meses (segun la legislacion de despues de 2013, el propietario puede comentar no seguir antes de 1 mes) O sea, no entiendo porque me comenta que la prorroga ya se ha producido...
Mi contrato comenzo el 1 de mayo 2016 y termina 1 mayo 2019. Mis preguntas eran:
Que pasa si el propietario no quiere hacer nuevo contrato conmigo de 5 años.
Tengo derecho al menos el derecho de quedarme al menos 1 año de prorroga "obligatoria" y el propietario debe respetarla?
O si el propietario me dice que me tengo que ir al finalizar el contrato no tengo mas remedio que irme?
MI idea es llegar a un acuerdo pero quiero saber que derechos tengo en caso de no lograr un acuerdo, o que me quiera aumentar demasiado en un nuevo contrato a 5 años...
0.- El casero puede impedir la prorroga de un año del contrato actual siempre y cuando le preavise en tal sentido con al menos un mes de antelación.
1.- El casero no tiene por qué hacerle a ud. un nuevo contrato de 5 años. No está obligado a ello.
2.- No hay forma de obligar al casero a la prórroga adicional de un año más si no quiere. Es voluntaria para el casero, no obligatoria como las 3 de las que ha venido disfrutando hasta ahora.
3.- Si el propietario le dice que tiene que irse tendrá que hacerlo.
BASICAMENTE: no tiene ud. forma de obligar al casero a seguir. Tendrá que negociar.