Los criterios de flexibilidad sin acuerdo, no valen para nada, pero siempre conviene dejarlo reflejado. Si esos días solicitados trabaja siempre, deberá solicitar otros y si sólo trabaja en función de turnos, es decir, de manera esporádica, es muy sencillo aplicar el convenio: Si le comunica a la custodia con 1 semana de antelación sus horarios y ella no está de acuerdo (incumpliendo el criterio de flexibilidad una vez se conceda la ampliación), deberá recogerlo martes y jueves. Si Vd. no puede, deberá hacerlo otro familiar de su confianza. La otra opción es no recogerlo. Cuando no hay acuerdo, no existen soluciones mágicas por mucho que queramos atar los cabos.
Suerte.
Los criterios de flexibilidad sin acuerdo, no valen para nada, pero siempre conviene dejarlo reflejado. Si esos días solicitados trabaja siempre, deberá solicitar otros y si sólo trabaja en función de turnos, es decir, de manera esporádica, es muy sencillo aplicar el convenio: Si le comunica a la custodia con 1 semana de antelación sus horarios y ella no está de acuerdo (incumpliendo el criterio de flexibilidad una vez se conceda la ampliación), deberá recogerlo martes y jueves. Si Vd. no puede, deberá hacerlo otro familiar de su confianza. La otra opción es no recogerlo. Cuando no hay acuerdo, no existen soluciones mágicas por mucho que queramos atar los cabos.
Suerte.
si no hay acuerdo quiere decir q hay una discursión previa o motivo con lo q despues del motivo no habrá acuerdo y te toca cumplir con lo q no puedes.
en lugar de los jueces procurar evitar problemas los agravan ya q :
si tu no puedes ir a por el niño por temas forzosos trabajo o enfermedad podrian dictaminar el dia anterior o posterior para poder organizaros los 2 progenitores pero no si no hay acuerdo son esos y punto.
no se si me he explicado pero vaya q te sirve para fomentar empleo de abogados y jueces.
un saludo
hace unos dias hice una consulta sin tener el convenio delante..pedi una ampliacion del regimen de visitas, en el convenio pone ( dos dias a la semana el padre llevara al niño al colegio por la mañana y lo recogera por la tarde, entregandolo en el domicilio materno a las 7 de la tarde. Estos dias dependeran del horario laboral del padre y seran comunicados a la mdre con una semana de antelacion) en la ampliacion pone ( podra estar en compañia de su hijo en la forma que concierte con la demandente y en la coyuntura del desacuerdo y bajo criterios de flexibilidad, lo tendra fines de semna alternos y dos pernoctas a la semana, las cuales se fijan martes y jueves si no hay acuerdo entre las partes)...mi pregunta es...si no puedo tener al niño por trabajo uno de esos dos dias y ella no esta de acuerdo en cambiarlo...lo de criterios de flexibilidad de que me vale?