Buenas Tardes:
Estoy buscando información sobre la amnistía fiscal, de todo lo que he leído tengo muchas preguntas, pero primero les explico mi caso:
el año pasado compre un chalé adosado, que no esta inscrito en el catastro como vivienda, si no como suelo, y de momento he estado pagando los impuestos de el valor del suelo, la casa es totalmente nueva, me la vendieron con su certificado energético,en el registro de la propiedad consta que es una vivienda con todas las características , que tiene y totalmente fiel a los planos, el caso es que como es natural y pasa ahora, pagué el impuesto de trasmisiones patrimoniales con el precio que hay ahora en el mercado, si mi casa hubiera estado inscrita en el catastro, me hubiera venido una carta para pagar mas, puesto que ahora las viviendas se venden por "debajo de su precio", si ahora si ahora me reclaman que tengo que inscribirla en el catastro, y me acojo a la amnistía, tengo entendido que tendría que pagar 60 E y en mi caso el ibi, que me quedaría por pagar , pero ¿ me cobrarían solo los años en las que la casa a sido mía, o me cobrarían años atrás?, y otra cuestión, ¿ tendría que pagar el impuesto de trasmisiones patrimoniales de nuevo y con recargos o eso me lo perdonarían? ( cosa que dudo), gracias de antemano y un saludo.
Cualquier construcción existente debiera estar en el Catastro. Si es ilegal, cuando la demuelan debe declararse también.
Ni catastrazo ni leches, se trata de poner al día a los que no han cumplido con su obligación y no están pagando por lo que tienen
Un amigo, amplió una vivienda existente con licencia municipal.
Terminada la obra, hizo declaración de obra nueva y la presentó en el catastro (con sello de entrada).
Esto fue en 2006.
Todavía no han actualizado los datos en el catastro, por lo que sigue pagando lo mismo que antes de hacer la ampliación.
¿Le afecta esta nueva disposición?.
hola ¿habeis oido la noticia de la amnistia catastral? dicen que se puede 'regularizar' lo que está ilegal, pagando los ibis atrasados 60€.
hay una cosa que no entiendo de lo que he leido. pone que:
a la hora de legalizar metros cuadrados, sólo se permitirá hacerlo sobre inmuebles recogidos en el catastro, es decir, que no se podrán regulizar viviendas construidas en espacios no permitidos o fuera de la ley urbanística.
A mi hay algo en esto que no me cuadra, ya que mi inmueble está recogido en en catastro, pero esta fuera de la ley urbanistica. ¿entonces?
Tengo una casa de madera prefabricada en terreno rustico, que puse en su día, hace años, sin permiso del ayuntamiento