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Amenazas de muerte,injurias e insultos

20 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 20 comentarios
13/07/2010 11:19
Pues el se enfrenta a ella,la manda a la mierda, la dice que nos deje en paz, pero la mujer sigue y sigue, aparte no se puede ni hablar con ella, solo chilla y chilla sin parar.Desde luego no debe andar muy bien de la chota, porque es un coportamiento subrealista total.A mi lo que me estraña es que no me han mandado la sentencia, solo a ella.¿Es normal eso?
Porque me imagino que esto se podra recurrir, o al ser juicio de faltas ¿no se puede?
13/07/2010 11:15
a todo esto........ tu pareja que hace o dice de la actuacion de su madre?
13/07/2010 10:44
Pon una denuncia en la policía nacional cada vez que tengas problemas con esa gente y advierte en ella que despues que el propio juez, al dar conocimiento en su sentencia de la dirección de tú vivienda, el acoso lo hacen allí.

Un saludo
13/07/2010 10:37
Bueno, pues ya llego la sentencia, 50 euros y encima le ponen mi direccion, antes no sabia donde vivia, pero ayer mismo, segun le llego la tenia en el portal de mi casa dando escandalo.Ni orden de alejamiento ni nada de nada,esta señora ya me esta sacando de quicio, y es que no se que hacer, porque no puedo hacer vida normal,tengo panico salir a la calle, y ahora que sabe donde vivo mas todavia.
08/07/2010 08:36
Necesito haceros otra pregunta a ver podeis ayudarme.Nosotros tenemos un juicio,en contra de su ex,alli se presentara toda la familia y yo voy de testigo.¿Hay alguna forma de pedir proteccion?Esque sino nos van a linchar alli mismo a los dos, y ademas cuando él entre a declarar me tengo que quedar yo fuera con toda la chusma y realmente me da miedo.
07/07/2010 18:59
Un chistecillo para suavizar ánimos

En una facultad de Medicina, el profesor se dirige a un alumno y le pregunta: “¿Cuántos riñones tenemos?”

“¡Cuatro!”, responde el alumno.

“¿Cuatro?”, replica el profesor.

“Traiga un puñado de hierba, que tenemos un burro en la sala”, le ordena el profesor a su auxiliar.

El alumno aún tuvo la audacia de corregir al furioso maestro:

“Usted me preguntó cuántos riñones ‘tenemos’.
‘Tenemos’ cuatro: dos míos y dos suyos. Porque ‘tenemos’ es una expresión usada para el plural. Que tenga un buen provecho y disfrute
de la hierba”.

Reflexión para políticos:

La vida exige mucho más comprensión que conocimiento.

A veces, las personas, por tener un poco más de conocimiento o ‘creer’ que lo tienen, se sienten con derecho de subestimar a los demás...


Saludos cordiales

Pedro Cruz (Gran Canaria)
07/07/2010 18:45
Un detalle de cómo los políticos utilizan las cifras a conveniencia.

Hoy en la televisión autonómica de canarias, una politico, hablando sobre la violencia de género indico que en España hay actualmente 514 hombres con orden de alejamiento y que por esta cifra corresponderían a canarias 50 de ellos.

Todo parece indicar que esta señora hizo un calculo, pero no sabemos cual.

Bien, como sabrán, en españa hay 17 comunidades autónomas, por lo que si se hace una sencilla operación matemática para hallar la media, el resultado sería 30, lo cual, ni corresponde con la cifra indicada por esta señora, ni sería justo hacer una media general pues la cantidad de delitos por violencia son distintos en cada comunidad autónoma.

Como quiera que desconozco las estadísticas de los niveles de delitos por violencia de cada comunidad, lo único que puedo aportar es el porcentaje correspondiente por nivel de población. Los datos poblacionales facilitdos por el INE referidos a enero de 2009 es que canarias es la octava comunidad por número de habitantes, teniendo en ese momento 2.103.992 habitantes y una participación sobre el total nacional del 4.5%.

Si canarias representa este porcentaje del total de la población española y si extrapolamos el dato a la cantidad total de hombres con orden de alejamiento que dice esta señora que existen (514), obtendríamos el resultado de 23 hombres en canarias con orden de alejamiento.

En mí opinión, los políticos utilizan los datos a conveniencia y la intencionalidad final siempre son lo votos.

Saludos cordiales

Pedro Cruz (Gran Canaria)

07/07/2010 18:20
Sacristan,

VIOLENCIA DE AUTOR ESPECÍFICO

Los titulares se apresuran, en negrita, con rostros serios y voz firme...

“Una nueva muerte de una mujer por violencia de género/machista”

Al margen del hecho siempre lamentable y punible desde cualquier prisma tras el que se observe, conviene recordar que,

La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, en su título preliminar, dice:

Artículo 1. Objeto de la Ley

1. La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.

2. Por esta Ley se establecen medidas de protección integral cuya finalidad es prevenir, sancionar y erradicar esta violencia y prestar asistencia a sus víctimas

3. La violencia de género a que se refiere la presente Ley comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluida las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad.


Como se observa, la primera alusión literal de “violencia de género” está distinguida en el punto 3, sin definición expresa previa.

En el punto 1, refiere a la violencia pero, no indica literalmente “violencia de género” y además, expresa una concreta intencionalidad de los actos violentos, contra los que actúa esta ley.

Y en el punto 2, indica que lo que pretende la ley es, prevenir, sancionar y erradicar “esta violencia”, o sea, supuestamente se refiere a la que se efectúa “…como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres…”, tal y como indica el punto 1. Seguimos hablando entonces, de intencionalidad.

Después de lo expuesto anteriormente y a la vista de que cualquier noticia referente a la agresión (con resultado de muerte o no) que infringe un hombre a una mujer, desde que la noticia se publica en los diferentes medios de comunicación, lo hace con el título de “violencia de género” o “violencia machista”, e inicia su periplo de extensión hacia la sociedad sin que sepamos quién lo decidió y mediante qué razonamiento objetivo llegó a esa conclusión.

Por ello, cabe pensar que esta calificación es falaz, siempre que se imponga antes de que las investigaciones policiales aporten las pruebas, el informe forense lo demuestre y un juez ratifique que, dichos actos fueron consecuencia de la “manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres”.

Lamentablemente, a la sociedad no llega la información oficial desde las autoridades de los resultados concluyentes sobre estos casos de violencia, por lo que, en realidad la sociedad no sabe si se ajusta a la intencionalidad definida en la ley o no.

¿Existen estos resultados oficiales o no existen, se publican o no se publican, se investiga o no se investiga, interesa a la sociedad o no interesa?

¿Para los medios de comunicación, un titular menos espectacular significaría menores cifras de venta?

¿Estaríamos catalogando que toda agresión (con resultado de muerte o no) infringida por un hombre a una mujer, es violencia de género?

¿Delito de Autor?

¿Dicha ley tendría un vacío legal o una deficiente redacción, por medio de la cual que se estaría clasificando a toda persona nacida con sexo masculino, como de potencial peligro social?

¿Cómo se clasificaría a la agresión de una mujer de 1.90 metros de altura y 90 kg de peso a un hombre de 1.60 metros de altura y 60 kg de peso?

¿Cómo se clasificaría a la agresión de un hombre de 1.90 metros de altura y 90 kg de peso a otro hombre de 1.60 metros de altura y 60 kg de peso?

¿Cómo se clasificaría a la agresión de una mujer de 1.90 metros de altura y 90 kg de peso a otra mujer de 1.60 metros de altura y 60 kg de peso?

¿Cómo se clasificaría a la agresión de un hombre bisexual a una mujer heterosexual?

¿Cómo se clasificaría a la agresión de un hombre homosexual a una mujer heterosexual?


Evidentemente, la mujer agresora es juzgada por una única ley, mientras que para el hombre agresor existen dos leyes dependiendo de a quién agreda.

Quienes la interpretan y la aplican las leyes tienen mucho que decir pero, solo se atreven los que son realmente responsables.


Saludos cordiales

Pedro Cruz (Gran Canaria)

07/07/2010 17:14
Eso se nos ha pasado a todos por la cabeza con mas de alguna persona y en mas de una ocasion, pero luego te das cuenta que seria rebajarte a su nivel, y nosotros estamos en otro nivel muy diferente.
Siempre queda la opcion de que se vaya de vacaciones y se la lleve una ola jajjajajjajaj
07/07/2010 16:42
Yo creo que por unos 300€ la que recibiria la paliza es ella.... y por menos quizá tambien, jajaja.
Yo nunca lo he hecho, pero si que se me ha pasado por la cabeza muchas veces tomarme la justicia por mi mano. Mi suegra también ha sido una cosa parecida a la tuya y la verdad es que quema!!!.
En fin, paciencia y mucha suerte.
P.D.: No hay mejor desprecio que no hacer aprecio.
07/07/2010 09:03
Pues me va a tocar hacer eso, si no me conceden la orden de alejamiento, cada vez que la vea por la calle me va a tocar llamar a la policia y ponerle otra denuncia.Vaya mujer mas loca,pero claro siempre vas con el miedo de que te pillen por sorpresa o algo y te puedan hacer cualquier cosa,o se pongan a chillar con insultos, que chilla que parecen que esta poseida.La virgen santa, es que eso es para verla.
07/07/2010 08:32
cuanta razon tiene sacristan, asco de gobierno
07/07/2010 07:44
Así es raquelilla, es un disparate y una aberración el que la violencia se trate de muy distinta forma dependiendo del sexo y relación sentimental de quien la cometa o reciba, la violencia es violencia, no entiende de sexos, y los golpes, navajazos, insultos, amenazas, etc.. Etc. Duelen igual los reciba quien los reciba..
Espero que tenga suerte y se solucione su caso, me hago cargo del sufrimiento y la inquietud por la que debe estar pasando, espero que le ayuden, si quién está cometiendo violencia contra usted fuese su novio, ex-novio, marido, ex-marido, no dude que estaría entre barrotes y con la llave tirada..
Es pues la ley de violencia de genero una ley fascista y misandrica, que va contra el hombre descaradamente, es una ley penal de autor....
Esta mañana he vuelto a verlo otra vez claro de nuevo, la chapuza feminista de esta ley.....
Os explico..

Estoy viendo la tele, antena 3 noticias, y hablan de un asesinato machista, y recalco lo de machista........En un pueblo y tal y como dice la presentadora "asesinato machista" dice que el asesino tenia problemas mentales y se lo han llevado a un psiquiatrico........

¿ machista o un enfermo mental ?

vamos hombre, que ya da asco, lo que quieren meter es muertas con esta etiqueta a toda costa, porque la ideologia de genero esta moviendo miles de millones de euros y hay ya 30.000 personas que viven directamente de ella y cientos de miles que cobran ayudas de genero
07/07/2010 01:26
Lógicamente aconsejar que se vaya es un toque de humor negro... Procure probar los hechos si persiste en su actitud, acumular condenas puede que la haga desistir antes que lleguen a considerarlo delito por reiterativo.
07/07/2010 01:14
Madre mia :-(
Yo no me puedo ir a otro sitio a vivir,esto desde luego es de locos, a ver si llega la sentencia , que por lo que decis sera de risa, y la orden de alejamiento casi que ni me la van a dar.Si pasa algo, luego como siempre, pobrecita...que pena...., asi va todo.
Esto realemnte es como dice Sacristan, solo esta echo cuando un hombre maltrata a una mujer, porque en casos contrarios he visto como ni siquiera las llaman a declalar, y en este caso que somos dos mujeres, peus una rision, en fin....
07/07/2010 00:43
Dice: "Si no me la conceden ¿qué más puedo hacer?"
Digo: Irse a vivir lejos y que la señora no dé con su paradero ya que supongo, si consiguió probar todo, que la condenen a una multa de 90€ o arresto domiciliario de seis días. Y eso casi es una invitación a perseverar o a arreciar.
07/07/2010 00:29
Los titulares se apresuran, en negrita, con rostros serios y voz firme

“Una nueva muerte de una mujer por violencia de género/machista”

Al margen del hecho siempre lamentable y punible desde cualquier prisma tras el que se observe, conviene recordar que,

La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, en su título preliminar, dice:

Artículo 1. Objeto de la Ley

1. La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.

2. Por esta Ley se establecen medidas de protección integral cuya finalidad es prevenir, sancionar y erradicar esta violencia y prestar asistencia a sus víctimas

3. La violencia de género a que se refiere la presente Ley comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluida las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad.


Como se observa, la primera alusión a “violencia de género” está distinguida en el punto 3, sin definición expresa previa.

En el punto 1, refiere a la violencia pero, no indica literalmente “violencia de género” y además, expresa una concreta intencionalidad de los actos violentos, contra los que actúa esta ley.

Y en el punto 2, indica que lo que pretende la ley es, prevenir, sancionar y erradicar “esta violencia”, o sea, supuestamente se refiere a la que se efectúa “…como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres…”, tal y como indica el punto 1. Seguimos hablando entonces, de intencionalidad.

Después de lo expuesto anteriormente y a la vista de que cualquier noticia referente a la agresión (con resultado de muerte o no) que infringe un hombre a una mujer, desde que la noticia se publica en los diferentes medios de comunicación, lo hace con el título de “violencia de género” o “violencia machista”, e inicia su periplo de extensión hacia la sociedad sin que sepamos quién lo decidió y mediante qué razonamiento objetivo llegó a esa conclusión.

Por ello, cabe pensar que esta calificación es falaz, siempre que se imponga antes de que las investigaciones policiales aporten las pruebas, el informe forense lo demuestre y un juez ratifique que, dichos actos fueron consecuencia de la “manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres”.

Lamentablemente, a la sociedad no llega la información oficial desde las autoridades de los resultados concluyentes sobre estos casos de violencia, por lo que, en realidad la sociedad no sabe si se ajusta a la intencionalidad definida en la ley o no.

¿Existen estos resultados oficiales o no existen, se publican o no se publican, se investiga o no se investiga, interesa a la sociedad o no interesa?

¿Para los medios de comunicación, un titular menos espectacular significaría menores cifras de venta?

¿Estaríamos catalogando que toda agresión (con resultado de muerte o no) infringida por un hombre a una mujer, es violencia de género?

¿Delito de Autor?

¿Dicha ley tendría un vacío legal o una deficiente redacción, por medio de la cual que se estaría clasificando a toda persona nacida con sexo masculino, como de potencial peligro social?

¿Cómo se clasificaría a la agresión de una mujer de 1.90 metros de altura y 90 kg de peso a un hombre de 1.60 metros de altura y 60 kg de peso?

¿Cómo se clasificaría a la agresión de un hombre de 1.90 metros de altura y 90 kg de peso a otro hombre de 1.60 metros de altura y 60 kg de peso?

¿Cómo se clasificaría a la agresión de una mujer de 1.90 metros de altura y 90 kg de peso a otra mujer de 1.60 metros de altura y 60 kg de peso?

¿Cómo se clasificaría a la agresión de un hombre bisexual a una mujer heterosexual?

En fin, las leyes son las que son y quienes la interpretan y la aplican tienen mucho que decir pero, solo se atreven los que son realmente responsables.



Pedro Cruz
Gran Canaria
07/07/2010 00:11
Aquí se ve el disparate que es la aberrante y criminal ley de violencia de genero, puede haber amenazas de muerte, agresiones y lo que venga, que no se le va a dar importancia, puede ser que si hay denuncias se juzgue en meses o años por juicio de faltas........

Porque? porque es entre mujeres, y no hay relacion de afectividad.......

Lo que deja claro que la ley asquerosa y criminal de violencia de genero, es una ley hecha para ir contra los hombres, antes que cualquier otra cosa
06/07/2010 21:56
puede que sí, depende de muchas cosas. Eso sólo el juez, que tiene todos los datos delante, lo puede decir.
06/07/2010 21:46
¿Nadie me ayuda?Realmente tengo miedo de esta señora, porque a la mujer de otro de sus hijos el marido de esta señora,la golpeó.Yo no salgo sola a la calle, siempre acompañada porque no me fio.