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Altura reguladora

3 Comentarios
 
Altura reguladora
14/09/2004 08:03
Una finca linda por dos calles, una calle unos 10 metros más alta que la otra.
El plan urbanístico dice que se pueden construir tres alturas, y que puede hacerse sobre la "altura reguladora".
¿Que es la altura reguladora? ¿la altura de la calle de arriba o de la calle de abajo? ¿O la altura media entre las dos calles?
Muchas gracias a quien me pueda contestar.
16/11/2004 21:44
Suele aplicarse "la altura media en el punto medio de la nueva o futura fachada" cuando dan a la misma calle, y si dan a distintas, hay que ver el "fondo de la edificación", pudiendo dar lugar a que si es mas de 1 crujía (12 metros de fondo), cada fachada a cada calle puede tener las 3 alturas.
17/11/2004 14:55
Todo Plan Urbanistico aprobado, tiene que especificar claramente en que punto de la edificacion se toma la altura reguladora, y su aplicacion en cada uno de los supuestos (solares formando esquina, dando a dos calles opuestas, etc.) por lo que ese tema no puede quedar a la interpretacion del tecnico municipal de turno.
18/11/2004 00:20
Totalmente de acuerdo.
Siempre que sea Urbano, solar, etc... y lo defina el Plan.
En caso contrario (Ausencia de Plan, Normas Subsidiarias, etc...), siempre se podrá recurrir al Estudio de Detalle, para fijar Alineaciones y Rasantes.