Rita, puede decirse que están ustedes muy mal informados. La reanudación del tracto es el mecanismo legal que tiene como propósito conectar un título no inscrito con el último anterior inscrito, mediante la aportación de todo el itinerario de transmisiones de esa propiedad. Nada que ver por tanto con lo que usted plantea. Mucho menos puede transmitirse algo que está registrado (usted dice "ceder") y que siga su vida jurídica despojado de su condición pública registral. Aunque en su exposición no está demasiado clara en cuanto a la cabida real de la propiedad y lo que está inscrito, han de hacer un expediente notarial de rectificación de cabida, para incrementarla. Es algo laborioso y toma su tiempo, pero se adapta a su objetivo. Los compradores, si de verdad están interesados, apreciarán el esfuerzo, y es posible que les compren con el expediente en marcha.
Buenos días:
somos tres hermanos que tenemos un solar en propiedad de unos 300 metros cuadrados . Hasta 1985, ese solar formó parte de la casa aledaña a él y aún se encuentra registrado a nombre de nuestra bisabuela, que lo compró en 1943. De los 600 metros cuadrados originales que compondrían la casa aneja y el solar de nuestra propiedad constan registrados 200.
Vamos a venderlo, pero antes tendríamos que hacer una reanudación de tracto en el Registro de la Propiedad. Ante ese incomodidad, ¿podríamos ceder los metros registrados a la casa y que el solar quedara como inmueble sin registrar para venderlo más cómodamente?
Gracias por su atención.