buenas, mi duda es la siguiente, un trabajador autonomo que se dedica a la venta ambulante en mercadillos, ahora durante los meses de verano esta un poco mas agobiado y su mujer, con la cual convive le echa una mano algun fin de semana suelto al mes. He estado mirando y en un principio entiendo que tendria que darse de alta como autonoma colaboradora....pero es que pagar lo minimo de auttonomos por trabajar 2 finde de semana al mes ....¿seria obigatorio que se de de alta como aotonoma, o existe alguna otra forma, como por ejemplo alegar el articulo 1.3e el E.T. para evitar el alta y que no la sancionen en caso de inspeccion?
Precisamente ese articulo te esta diciendo que, no puedes ser persona asalariada. Por tanto sea un ratito, sea una mañana, sea un fin de semana de trabajo con tu marido tienes que ser autónoma.
En caso de INSPECCION, tendrás una multa si no estas de autónoma.