Buenas tardes
En mi caso tuve una baja por enfermedad común un jueves y alta el viernes. La jornada es de lunes a viernes , pero me han descontado en nómina desde el jueves hasta el lunes , ya que obviamente no se trabajaba el fin de semana. No debería haber cobrado el sábado y domingo ???
Me dicen en la empresa que debería haber ido a trabajar el mismo viernes que recibí el alta , es correcto? Yo entiendo que son días incluídos..
En el caso de que tenga yo razón con qué artículo legal se lo puedo demostrar a la empresa ?
Gracias por su ayuda
Buenas tardes, el día del alta médica es el último día de enfermedad, por lo que si la fecha del alta era el viernes, ese día estaba en situación de incapacidad temporal y no tenía que ir a trabajar. Y el sábado y el domingo forman parte del descanso semanal retribuido, por lo que debería cobrarlos igualmente.
Un saludo.
Así lo he tenido entendido siempre. Y es de lógica. Pero sabría decirme , para reclamar, en qué artículo legal o al amparo de qué ley ... puedo basar mis alegaciones? Es una pyme en la que siempre se escudan en la gestoría ... y me gustaría argumentarlo con leyes. O cómo puedo buscarla ??
Por otro lado leo en el convenio: Complemento por enfermedad y/o accidente.
En caso de incapacidad temporal por enfermedad común, accidente no laboral, enfermedad profesional o accidente laboral, el trabajador percibirá el 100% de la base de cotización del mes anterior desde el primer día de la baja hasta la fecha de alta, mientras esté en vigor la relación laboral.
Con lo cual entiendo que tengo que cobrar el 100% desde el primer día de baja , no es así ?
Gracias de antemano