Si Trabaja en varias casasTodos le tienen que dar de alta, cada uno por las horas que trabaja en su casa.
¿Hay un mínimo de horas?
No. Lo que hay es una cuota mínima que se extrae de los sueldos inferiores a 74,83 euros. Para un salario así, la cuota mensual a pagar el primer año será de 19,84 euros, de los que 16,51 correrán a cargo del hogar.
A partir del 1 de enero de 2012, deberá solicitar su alta en el registro de Empresarios del Régimen General de la Seguridad Social. Tendrá que presentar el contrato que le ha hecho a su trabajador en el que especifique horas, salario, pago en especies y pernoctaciones. Es indispensable el número de cuenta del banco para que le domicilien los pagos
Te han de pagar las horas, según el salario mínimo, la parte proporcional que corresponda.
El empleador debera hacerte un recibo.
Otra novedad es que a partir de ahora hay que documentar el pago del salario, o bien como pacten las partes o bien según lo establecido por el artículo 29.1 del ET.
Tiempo de trabajo:
El horario se fijará de mutuo acuerdo entre las partes.
La jornada máxima semanal será de 40 horas.
Si quieres ver el art. 29.1al que hace referencia el real decreto...
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html#a29
Buenos días,a mi casa viene una señora 10 horas a la semana y quiere que la de de alta en la SS pues juntando las casas a las que va pasa de las 72 horas .Con la nueva regulación no sé si la tengo que hacer contrato y si tengo que pagar yo las cotizaciones a la SS, si tengo que pagarle una cantidad determina o puedo seguir pagandole lo que hemos pactado , si tengo darle pagas extras, si quiero cambiar y "despedirla" tengo que pagarle indemnización.Me he leido la regulacion pero estos puntos no me quedan claros para las empleadas por horas en varias casas.Gracias y feliz año 2012