Hola Gonzalo,
No creo que sea mejor crear una sociedad para gestionar la actividad de arrendamiento de inmuebles. Supongo que la sociedad sería la que gestionara el arrendamiento pero que, igualmente, serías tú el que cargaría con toda la gestión como administrador de la sociedad. No encuentro el sentido de poner un intermediario pues la gestión del arrendamiento debería facturarse y tendría unos costes que tributarían al 21% en el IVA. No se tributaría por los 30.000 € que mencionas sino por la gestión del arrendamiento.
La sociedad tendría que estar dada de alta en la Agencia Tributaria y presentar declaraciones trimestrales y anuales de IVA, dividendos, informativas en su caso, el impuesto de sociedades, el depósito de cuentas en el registro mercantil, etc.
El motivo principal para crear una sociedad de responsabilidad limitada es, como dice su nombre, limitar la responsabilidad de las personas físicas. En tu caso entiendo que deberás asegurar la actividad y tener cubiertas las posibles responsabilidades derivadas de su ejercicio.
Personalmente no crearía una sociedad para ese fin aunque el que te aconsejó debería darte algún detalle del motivo por el cual considera que él la crearía.
Salvo mejor opinión,