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Alquiler por estar en mi parte de piso

13 Comentarios
 
Alquiler por estar en mi parte de piso
22/08/2008 12:32
Es posible pedir a mi EX y/o a su compañero que vive con ella desde hace mas de un año en el piso que es de los dos, y que pagamos la hipoteca al 50% cada uno, un alquiler por vivir en ese 50% de casa que es mía.pues yo me tuve que ir de alquirer y seguir pagando la hipoteca, pero ella no le cuesta nada la vivienda por tener la custodia de los niños.
22/08/2008 13:02
Ah amigo, la gran cuestión... Legalmente no hay nada previsto al respecto. Me parece muy injusto pero temo que es así. De todas formas, ¿cómo dice que a ella no le cuesta nada la vivienda? ¿No dice que paga la mitad de la hipoteca?
22/08/2008 13:17
Tu situación es muy común e injusta desde cualquier punto de vista que se quiera mirar. Hay otros países donde esto no ocurre (si no me equivoco Francia es uno de ellos) y después de una separación quien se queda en el piso debe pagar un alquiler al que tiene que salir del domicilio. Pero en este país no solo ocurre esto, sino que además ningún medio de comunicación o grupo de presión político hace nada no solo por que esto cambie sino ni siquiera para que se sepa.

Lo siente Coyote, y espero no molestarte con el comentario, pero encima de cornudo apaleado
22/08/2008 13:51
Coyote,como bién dice anais38,no hay nada que legalmente puedas hacer.Lo que sí haría yo para no torturarme es pensar que este hombre vive en el 50% de ella,ya que seguro que duerme con ella,osea habitación de ella etc.y que el 50% que tu pagas es para que vivan los niños.Tú me podrias deciar que el 50% de ella tb deberian vivir los niños,y en cierto modo es así,pero como no pueden estar solos es ella quien los cuida,osea como si fuera una chica interna o algo así.Es la única visisón possible si no quieres quemarte con la situación.Lo normal esq hubierais repartido los bienes en su momento.Ya sé que en el momento de los divorcios no se tiene muy claros los derechos de cada uno y que nos dejamos aconsejar por los abogados,pero creeme que estos en ocasiones son los que más injusticias cometen.Muchas veces los conflictos posteriores se dan porq no hubo un convenio justo,y a ellos(Los abogados), eso les da muchos beneficios,es así de dura la cosa.No te quemes, pues hasta que tus hijos sean mayores y puedas vender o la ley cambie no tienes nada que hacer.Un saludo.
22/08/2008 16:30
Gracias por las contestaciones, para anais 38, la vivienda le cuesta la media hipoteca, como a mí, pero ella tiene vivienda y yo no y encima otro ajeno al piso tambien lo disfruta.Bombon para no quemerme demasiado solo pienso en mis hijos a la hora de pagar.
Lo que yo queria saber es que en algún momento he leido en este foro que legalmente se le podia pedir un alquiler que era un porcentaje muy bajo sobre el precio de vivienda. y del Okupa ni hablamos ¡¡
saludos
22/08/2008 16:39
Coyote,

Quizás si que pudiera hacer algo....hay jurisprudencia. Consulte con su abogado y presente una modificación de medidas ya que se ha producido una esencial modificación de las circunstancias que se tuvieron en cuenta en su día. Usted no tiene por que pagarle ninguna vivienda que no sea a sus hijos.

En primera instancia y ratificada por una Audiencia Provincial y como dice el juez:

Una circunstancia que, según el juez, "parece inadmisible por absurda", puesto que de ella se beneficia un tercero.

Así, detalla, la ex esposa "posee recursos económicos suficientes" y convive maritalmente con otro hombre en la vivienda ganancial concedida por su ex marido, quien ha satisfecho periódicamente los gastos del 50% del préstamo préstamo hipotecario del citado domicilio.

Se ha producido una esencial modificación de las circunstancias que se tuvieron en cuenta en su día. La medida no afecta a la custodia del hijo del matrimonio disuelto, de 16 años, por lo que las alternativas judiciales descritas --concluye el presidente de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Almería-- "conjugan perfectamente los derechos del menor, el interés del padre no custodio, los derechos y obligaciones de la madre y el principio que impide el enriquecimiento y abuso de derecho".

Si se quiere se puede.
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Un Juez retira el uso de la vivienda ganancial a una divorciada

La mujer vivía con su nueva pareja en el piso y su ex marido pagaba la mitad de la hipoteca
Almería. La Audiencia de Almería decretó en un fallo pionero en España la extinción de la atribución del uso de una vivienda ganancial concedida judicialmente a una mujer que, tras divorciarse, rehizo su vida sentimental en dicha casa mientras que su ex marido sufragaba parte del préstamo hipotecario. La sentencia ordena que las partes procedan a la venta del inmueble o a la adjudicación de la misma a uno de ellos con el consiguiente abono al otro del importe correspondiente.

Los hechos que motivaron el fallo se remontan a 2001, cuando un juzgado de Instrucción dictó una sentencia de separación en la que establecía que la esposa continuaría junto con el hijo del matrimonio, menor de edad, en el que hasta entonces era el domicilio conyugal.

Desde entonces y hasta la fecha, momento en que la ex esposa "posee recursos económicos suficientes" y convive maritalmente con otro hombre en la vivienda, su ex marido, ha satisfecho periódicamente los gastos del 50% del préstamo hipotecario del domicilio. Una circunstancia que, según el juez, "parece inadmisible por absurda", puesto que de ella se beneficia un tercero.


http://www.elpais.com/articulo/andalucia/tribunal/ordena/vender/piso/separados/usa/nueva/pareja/mujer/elpepuespand/20070426elpand_13/Tes

http://www.20minutos.es/noticia/227419/0/sentencia/casa/divorcio/

22/08/2008 16:44
Efectivamente ya se ha hablado del tema antes:
http://www.porticolegal.com/foro/responder.php?men=369262&codcat=115 230 302 000
Puede encontrar más detalles aquí:
http://forovivienda.com/vivienda-en-propiedad/divorcio-y-vivienda-en-propiedad/atribucion-del-uso-vivienda-familiar-y-nueva-pareja/
22/08/2008 16:45
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
22/08/2008 17:11
Lo primero esq una modificación de medidas sólo se gana cuando la situación a sufrito un cambio sustancial,y con vistas a que va continuar así,es decir Coyote ,si su ex se casa con esté señor o usted puede aportar datos suficientes como para que se vea claramente que conviven hace tiempo,es decir hoja de empadronamiento o detectives,o vecinos que verifiquen.Lo mejor hoja de empadronamiento.Pero lo más común esq no se empadronen alli.Eso sí,siempre puede demandar gastarse un pastón y que encima su ex y su novio se rian de usted.Eso en definitiva es lo que le viene a decir Tritón con toda su sabiduría.
22/08/2008 17:17
Bombón,

Mire ústed que la convivencia marital es un símil de matrimonio....y otra perla que puede interesar a muchos padres y hombres expoliados de sus hijos y de sus bienes.

Hay jurisprudencia para suspender la pensión compensatoria cuando su ex tiene relaciones maritales.

Bombón y no confunda líarla con luchar por nuestros derechos. No es ústed la que defiende el cumplimiento estricto de la ley y de lo que escribe un juez negro sobre blanco? pues somos muchos que no nos conformamos con el status quo y que hemos luchado, seguimos luchando y lucharemos y no solo por nosotros sino por otros padres y sobre todo por que nuestros hijos tengan un futuro mejor. No nos callaran. Podemos
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Un juez retira a una mujer separada la pensión, equiparando una relación sin convivencia permanente al matrimonio.

En una sentencia en la que por primera vez se equipara el concepto de matrimonio con el de pareja estable, pese a que sus miembros no vivan juntos, la Audiencia de Barcelona ha retirado la pensión alimenticia a una mujer separada al quedar probado que tiene una nueva relación sentimental estable, confirmando, de esta forma, el fallo de un juzgado de Granollers (Barcelona) que en septiembre de 2005 declaró extinguida la pensión compensatoria que cobraba la esposa de su marido, al concurrir una de las causas de extinción previstas en el Código de Familia.

Con su resolución, la Audiencia Provincial de Barcelona equipara por primera vez el concepto de convivencia marital, previsto por el Código de Familia catalán como motivo para retirar una pensión compensatoria por separación, con el de una relación de pareja estable, aunque no se comparta domicilio de
forma permanente.

El ex marido solicitó al juzgado de Granollers que retirara la compensación económica que mensualmente pagaba a quien fuera su mujer desde su separación, alegando que ella estaba conviviendo maritalmente con otra persona, aportando, como prueba, el informe de unos detectives privados que durante cinco días siguieron a la pareja y comprobaron que compartían actos
sociales, entraban y salían juntos del mismo domicilio y que incluso acudían en pareja al médico.

En un principio, la mujer alegó que se trataba de una relación de mera amistad, pero en el juicio admitió que formaban una pareja, aunque puntualizando que su compañero vivía en otro domicilio., para lo que incluso aportó su contrato de arrendamiento

A pesar de que se aportó el contrato de arrendamiento del compañero sentimental, de una vivienda diferente a la suya, por parte de la ex esposa, el juzgado consideró que ese contrato de alquiler era insuficiente para negar la existencia de convivencia estable en la pareja, puesto que no se
había demostrado que fuera la vivienda habitual del compañero de la demandada.

La Audiencia Provincial de Barcelona va más allá en su sentencia y, atendiendo a la "realidad social del momento", define por convivencia marital "toda aquella en que se dé una relación sentimental de pareja con visos de cierta estabilidad, sin necesidad de convivir de forma permanente y menos en la misma vivienda", incluyendo incluso, los casos de parejas "en
que habitando cada uno de los componentes de la misma, en su propio domicilio o en que comparten vivienda sólo durante algunos determinados días, gocen de los elementos de sentimiento de exclusividad afectiva y estabilidad emocional con vocación de continuidad". Por todo ello, refrenda
la retirada de la pensión por desequilibrio económico que percibía la demandada al concurrir una de las causas de extinción previstas en el Código de Familia.

22/08/2008 17:26
Bombón,

La sentencia anterior lo dice muy claramente:

La Audiencia Provincial de Barcelona va más allá en su sentencia y, atendiendo a la "realidad social del momento", define por convivencia marital "toda aquella en que se dé una relación sentimental de pareja con visos de cierta estabilidad, sin necesidad de convivir de forma permanente y menos en la misma vivienda", incluyendo incluso, los casos de parejas "en
que habitando cada uno de los componentes de la misma, en su propio domicilio o en que comparten vivienda sólo durante algunos determinados días, gocen de los elementos de sentimiento de exclusividad afectiva y estabilidad emocional con vocación de continuidad". Por todo ello, refrenda
la retirada de la pensión por desequilibrio económico que percibía la demandada al concurrir una de las causas de extinción previstas en el Código de Familia.

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Es decir en el caso de Coyote podría luchar por que se le reintegraran sus bienes incluso si el tipo que vive en su casa no estuviera empadronado. Por ejemplo con declaraciones de vecinos, portero, e incluso con pagar solo unos días unos detectives que tampoco le va a salir tan caro con el dinero que recuperaría. Ahora bien es una elección de Coyote que es el que se tiene que asesorar y tomar la decisión pero el ha preguntado si se puede hacer algo y SI SE PUEDE HACER ALGO, Y claro que PODEMOS
22/08/2008 18:13
Mire usted que haya una sentencia así no quiere decir que sea la tónica general.O esq usted cree que todos los jueces de españa,piesan q una señora no puede tener novio,por el hecho de estar divorciada y que así fuera perdería derechos.ESO MIRE USTED ES DE JUZGADO DE GUARDIA,y seguro que ese juez era un carca,machista,porq q tendrá que ver tener o no tener novio.Otra cosa distinta es q la ley en casos de nuevo matrimonio,o de empadronamientos,digera algo al respecto.Equiparar una relación estable al matrimonio,es un absurdo,ya que entonces también los no casados podrian pedir los mismos derechos que los casados.Si esa sentencia existe el juez no creo que siga en su puesto y supongo que estará recurrida.Es tan absurdo que no sé ni como usted se digna en guardarla.Vamos que ahora resulta que lo blanco es igual q lo negro.Dios mio hay cada uno por ahí.
22/08/2008 21:28
Hola,

Bombón yo creo que en algunas ideas no está usted muy acertada, no se trata, en mi modesta opinión, ser más lista o más tonta, para conservar a toda costa lo "conseguido" en las medidas contempladas en la sentencia o convenio regulador.

Verá no se trata de sangrar al otro irremediablemente y situarles en ocasiones en situaciones que rozan la indingencia; lo que se pretende es en primer lugar si hay hijos una pensión de alimentos que tendrá que abonar el no custodio -salvo los escasos supuestos de CC, aunque se van considerando- y en algunos casos cuando existe un desequilibrio económico generalmente para la mujer, es compensarlo un poco mediante una pensión, en muchos casos de manera temporal.

En muchas ocasiones, una de las partes -o las dos, en muchos casos- quedan muy desfavorecidos con la separación o divorcio, pero sí las circunstanicas van cambiando, también deben cambiar las medidas que se aprobaron entondes, no es de recibo, el hacer cosas a escondidas para que no lo descubran y no nos quiten nada, ésto -insisto, en mi modesta opinión. es una idea egoista y cruel.

Salvo mejor opinión.

Un saludo,

22/08/2008 21:48
Katia ,a mi tb me lo parece,pero me encanta contestar así a gente que empieza insultando.La próxima vez haré oidos sordos a palabras necias.Mira yo creo que si una señora se vuelve a casar(con pensión compensatoria),no sería descabellado quitarsela,pero que me digan que porq tiene un novio que cada uno vive en su casa etc se la quitan me parece que el que está sangrando es el que intenta quitarsela.El caso del señor que pregunta no es ni ese,es más lo que tiene que aportar es la mitad de la hipoteca de sus hijos y el señor que está alli,no es más que un novio.Osea que esté señor piensa que los niños deben vivir el 50% de la madre,porq a la mínima quiere reclamar en concepto de alquiler lo de "su 50%".Los niños viven en el 100% y no ha lugar la petición,y la custodi@ tiene derecho a que en esa casa viva quién quiera,no va estar condenada a la soledad,como a algunos les gustaría.Quizás es por este motvo por los que algunos no quieren ni oir hablar de custodia compartida.La exposa sola,criando niños y con una pension alimentica para los hijos redícula en la mayorría de los casos,ah y se me olvidaba,trabajando mucho dentro y fuera que si no no están contentos y te acusan de mala madre y de sucia,etcy ellos a vivir que son dos dias.Es muy comun,hombres que van de victimas por ser divorciados,pero que en el fondo son vividores irresponsables.Los hay que no,que de todo hay en la viña del señor.