Si ya has realizado todos los tramites correspondientes tal y como lo citas en tu intervención, unicamente tendras que liquidar el IVA trimestralmente, (ojo, siempre y cuando en la vivienda se vaya a utilizar para alguna actividad comercial o profesional), de lo contrario ya lo tendras todo claro, salvo que anualmente tendras que declarar en tu IRPF los ingresos provinientes de rendimientos inmobiliarios.
Desearía saber que papeleo tengo que declarar a Hacienda, por los ingresos del alquiler de unico piso que he heredado de mis padres, y está alquilado legalmente, pasado por la Comunidad Autónoma, e ingresado el aval en la misma.
Muchas gracias.