Tengo alquilado un local para uso distinto del de vivienda, rigiendome por la ley del 64. El arrendatario se ha pasado de persona física a jurídica, sin comunicarmelo. Lo he consultado en hacienda por ver que podía hacer pero ellos no me han dado niguna solución. ¿Tengo que tomar alguna medida?. ¿puedo subirle la renta aunque no me lo haya comunicado?¿es esto causa de rescisión del contrato?