Hola a todos.
Tengo un piso alquilado y hoy mismo me ha dicho el inquilino que por temas de trabajo, lo más seguro es que se tenga que ir de mi casa. Como he tenido algún problema con otros inquilinos (con este no, que si tuviera que puntuarle del 1 al 10, le daría un 9.5), prefiero cubrirme, pero no sé si con el Plan Nacional de Alquiler Garantizado http://www.lacortedearbitraje.es/ que es el que he utilizado hasta ahora, o el de Alquiler Garantizado http://www.alquilerseguro.es/ ¿Cuál me recomendáis? ¿Habéis tenido experiencia con alguno de los dos métodos?
Cualquiera de las dos opciones son medidas que protegen los intereses de una parte, la suya, frente a los de otra, el arrendatario, por lo que comenzar un contrato de esta forma puede parecer en mi opinión, un abuso por su parte. Para un ARRENDATARIO aceptar un convenio arbitral de este tipo por el que RENUNCIA A LA VÍA JUDICIAL para resolver cualquier conflicto, es arriesgado y muy caro ya que el condenado, por lo general el inquilino, deberá pagar los elevados costes arbitrales dependiendo del tipo de contrato. Olvida vd. que los inquilinos tienen obligaciones y pero también DERECHOS.
Yo no lo veo como un abuso por mi parte, sino como una forma de protegerme, ya que si dejan de pagar o me destrozan el piso, el que está atado de pies y manos soy yo. Ten en cuenta que me estoy jugando el piso, que no es nada barato y me cuesta un montón pagar la hipoteca. Si el inquilino se comporta como es debido, como ocurre con el chico que está ahora mismo pero se tiene que ir, no va a tener que pagar nada porque se ha portado en condiciones, y se han respetado todos sus derechos. Es más, como ha sido un inquilino ejemplar hasta ahora, se le han dado incluso facilidades que no estaban especificadas en el contrato. Lo que es una vergüenza es lo desprotegidos que estamos los propietarios en muchos, muchísimos casos.
De nada.
Que vd. no vea el abuso no quiere decir que no lo sea. Lo es: aceptar un arbitraje implica que las partes aceptan también que sea un arbitro que no es un juez y al que no se le exigen conocimientos jurídicos el que resuelva, y ésto es desconocido por la mayoría de arrendatarios que no saben qué condiciones están firmando, por lo general se añade una clausula al contrato sin informar debidamente al inquilino. Aprovecho que sale el tema en este foro y decir a los interesados ARRENDATARIOS que en mi opinón NUNCA SE DEBEN ACEPAR ESTAS CLAUSULAS EN EL CONTRATO. No se preocupe que no está vd. desprotegido por la justicia. Si le parece que arriesga vd. mucho cuando alquila piense si le compensa o no, pero no intente desproteger al inquilino de los derechos que le ofrece la justicia ordinaria.
Lo que yo veo un abuso es que le alquiles el piso a alguien y que deje de pagarte o te lo destroce y esa persona no pueda salir de TU CASA hasta que se lo diga un juez. Mientras está viviendo a tu costa. Tienes que estar manteniendo tú la casa, pagando los recibos y todos los gastos, mientras él no te paga la mensualidad. Y si se va de casa y no te hace ningún destrozo, te puedes dar por satisfecho. Yo tuve a un inquilino que se fue sin pagarme dos meses, por lo tanto, le estuve mantiendo. ¿Quién me protegió a mí? NADIE. Y en mi propio edificio ha estado viviendo una familia en un piso de la comunidad sin pagar durante más de un año. Se les alquiló el precio a un precio MUY razonable con la condición de que sacaran los cubos de la basura, y les han tenido que echar meses después con una orden judicial. Mientras, ese dinero que no han pagado, lo hemos tenido que ir poniendo todos los vecinos, aparte de los costes del proceso judicial. ¿Quién nos ha protegido? NADIE. Mientras ellos han tenido un piso de lo más apañado por 0€ al mes. Si eso es proteger al propietario, que venga Dios y lo vea. El que siempre está desprotegido no es el inquilino, sino el arrendador.
Desde el momento en que vd. arrienda la vivienda se convierte en "la casa" del inquilino, no la suya. No se preocupe que no está vd. desprotegido por la justicia. Si le parece que arriesga vd. mucho cuando alquila piense si le compensa o no, pero no intente desproteger al inquilino de los derechos que le ofrece la justicia ordinaria.
Claro, se convierte en la casa del inquilino siempre que se comporte como es debido y cumpla con lo que ha firmado. Si deja de pagar el alquiler mientras yo tengo que seguir pagando la hipoteca, ¿sigue siendo "su casa"? O si la destroza, como ha sido mientras estaba él dentro y por lo tanto, era "su casa", ¿lo va a arreglar él? ¿O se va a ir con las manos limpias, dejando atrás los destrozos y los meses sin pagar para que se las apañe el dueño del piso?
No intento desproteger al inquilino de sus derechos, sólo quiero proteger los míos.
Hola Marc. Creo que está usted confundido. A los árbitros claro que se les exige conocimientos jurídicos: como que tienen que ser abogados en ejercicio o ex-magistrados... La Ley exige que en arrendamientos se haga arbitraje de derecho, y es con árbitros como le he dicho, con sus laudos motivados en las leyes vigentes y los jueces aceptan ejecutar desahucios de laudos de derecho siempre. Es cierto que hay organismos que hacen arbitraje en equidad -como la corte de arbitraje por la que pregunta Superman. No le recomiendo usar esta empresa, pues los casos rechazados son muchos, por hacer mal el arbitraje y porque no responden a los clientes cuando las cosas no van bien. El otro, sinceramente, no lo conozco, creo que es un seguro de esos que te pagan unos meses si el inquilino no paga, pero mire cuántos, porque los retrasos en los juzgados son tantos que igual se acaba el seguro y sigue igual.
Gracias por la respuesta, AnaBel.
¿Qué empresa es la que rechaza muchos casos, Alquiler Seguro? La verdad es que yo nunca había oído hablar de esta empresa. Me lo ha dicho mi madre porque lo ha escuchado en la radio. Lo de PNAG sí lo he usado dos veces, pero afortunadamente, no he tenido que recurrir a ellos para nada. Según lo entiendo yo, es un servicio que se contrata para que haga de mediador entre arrendador y arrendatario en caso de que haya cualquier problema por cualquiera de las dos partes.