Hola Yoresc.El contrato de plazas de garajes INDEPENDIENTES se rigen por la voluntad de las partes y por el Código Civil.
Por lo tanto lo más sencillo es que usted haga un contrato hasta el 30 de Julio y, depués, realice otro del 1 de Septiembre al 30 de Septiembre. Si en Diciembre usted tiene la plaza libre la podrá volver arrendar a la misma persona.
Buenos días:
Necesito vuestra ayuda.
Voy a alquilar una plaza de garaje a un particular y la duda me surge por lo siguiente, esta persona el mes de agosto no ocupará la plaza y a partir de Octubre- noviembre tampoco durante 3 o 4 meses. Luego su intención es continuar con el uso de la misma.
Cómo me recomendais que se haga el contrato?