Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Alquiler de un local como vivienda

5 Comentarios
 
Alquiler de un local como vivienda
27/06/2017 21:40
Hola.

No sé si esta consulta se ha hecho ya, solo he visto algo parecido, pero no estaba relacionado con alquiler, sino en convertir una oficina en vivienda. Sea como sea, os expongo el caso. Una persona conocida está buscando piso para alquilar para ella y sus dos hijos. Después de decidirse y dar una señal, se ha dado cuenta justo antes de firmar el contrato que la vivienda realmente está declarada como local. La inmobiliaria le ha dicho que no hay ningún problema, que hay muchos así y que no pasa nada, pero justo cuando alguien me dice que no hay ningún problema en cuando yo generalmente me empiezo a preocupar.

Yo se lo he desaconsejado, pero debido a su buen precio ella está dudando. Mi pregunta, lógicamente, es saber qué inconvenientes puede tener, ya que hasta donde llego yo, esto es ilegal, un local no tiene cédula de habitabilidad y además, no se podrá empadronar en él. Pero para entender la dimensión real de los problemas que puede tener, quisiera saber, si podéis facilitarme, más detalles. Por ejemplo, colegio de los hijos, centro de salud, oficina de empleo, todo eso va relacionado con el empadronamiento, no? Y la opción de seguir empadronada en su anterior dirección, que es en el mismo municipio, queda descartada, es un piso en alquiler a nombre de su ex pareja (están separándose) y solo faltaba, por otro lado, que su ex pueda utilizar de alguna manera en su contra el hecho de que se lleva a sus hijos a vivir a un sitio que no tiene ni cédula de habitabilidad.

Por si sirve de referencia, estoy hablando de un pueblo de la Comunidad de Madrid.

Gracias.
28/06/2017 09:26
Chow
En el contrato, el propietario-arrendador, ¿dice que es vivienda?. ¿Se acompañan datos catastrales y registrales?. ¿Tiene distribución de vivienda?. ¿Quien paga el IBI?. ¿Que dicen los contratos de electricidad y agua?.
28/06/2017 13:16
Chow
La cuestión es, ¿tiene el local cédula de habitabilidad en vigor?.

Sin la cédula o la licencia de primera ocupación concedida al local, el arrendamiento como vivienda es ilegal.
28/06/2017 18:35
Chow
No hemos tenido todavía acceso al contrato, pero dos datos nos hacen pensar que no debe tener una situación muy regular: el primero, que al hablar con el responsable de la inmobiliaria y manifestar que nos parecía muy raro y debía verlo un abogado, enseguida nos ofreció la devolución de la señal, diciendo que, en realidad, no se había firmado nada y que entendía que optásemos por otras alternativas, facilitándonos la disolución del "preacuerdo" verbal. La segunda, que hemos ido a preguntar al Ayuntamiento y allí nos han dicho que han sido conocedores de este tipo de prácticas y que lo tienen anotado en el orden del día para una reunión que se celebraría en breve "porque esta situación hay que arreglarla" y que, sea como sea, de entrada allí no se podrían empadronar. O sea que indirectamente nos han reconocido que algo no está del todo bien.

Lo increíble es que esto lo haga una inmobiliaria y que, al parecer, tenga otros locales alquilados de la misma manera.

Si averiguamos algo más os lo contamos.

Gracias.
14/10/2018 10:27
Chow
Hola. Queria comprobar si existe irregularidad y saber si el inquilino puede reclamar. Se alquila como vivienda (con contrato de local) un local sin cédula de habitabilidad y con problemas graves de humedad. En el contrato especifica que el local tiene baño, ducha, cocina, horno, lavadora, lavaplatos y que se alquila sin contador de luz. El precio del alquiler es como el de una vivienda con todo legal.
El propietario sabe que lo alquila para vivienda pero en ningún sitio lo especifica.
Gracias.
14/10/2018 12:22
Chow
Para Chow:

Lo importante, es consultar en el ayuntamiento, si de acuerdo al PGOU, en esa planta sería compatible tanto el uso de local, como de vivienda.
En ese caso, sería factible que el propietario-arrendador, solicitase el cambio de uso y legalizase la transformación a vivienda, si ya se ha hecho.
Por supuesto, todo esto, antes de formalizar un contrato de arrendamiento.
Es mi opinión.