No: simplemente le hace falta el carnet de identidad de esa persona. Con ese DNI puede consultar el registro de la propiedad online y ahí le dirán si tiene algo o no.
1.- No necesariamente, bastaría con que firmase el aval ante notario aunque no estuviera delante suya y que luego le aportara dicho documento notarial. Lo más normal es que lo firme delante suya y asunto resuelto.
2.- Como usted quiera. Puede pedirle lo que usted considere necesario y el avalista esté dispuesto a aportar. De todas formas ya le digo yo que lo mejor con diferencia es que el avalista tenga un piso en propiedad. Esa es la mejor garantía.
Buenas noches, como arrendador que soy, quiero pedir un aval personal solidario a la inquilina cuando firmemos el contrato de alquiler el 1 de septiembre. Tengo claro que en el contrato tiene que figurar d.n.i. y datos personales del aval.
Mis preguntas son:
1. ¿Tiene que estar presente el aval el día de la firma?
2. ¿Tiene el aval que presentarme documentación que avale su solvencia económica? (Nóminas, vida laboral, pensión...)
Agradecería cualquier información sobre el aval que ustedes consideren importante y que deba conocer y/o incluir en el contrato.