Voy a alquilar un piso de VPO, a una empresa de estudios de idiomas que organiza curos para alumnos americanos en España. Por lo tanto el piso estaría ocupado por estudiantes americanos, durante periodos de 5 meses y 2 meses en verano. El contrato se realizaría a nombre del director de la oficina y especificando que se otorga derecho a subarrendar por periodos menores de un año. En este caso el arrendamiento ¿está sujeto a IVA? Si lo estuviera, se supone que al precio máximo de renta por ser de VPO se le podría sumar el 18 % de IVA ¿no?.