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Alquilar un piso que tiene una prohibición de disponer en el registro

2 Comentarios
 
Alquilar un piso que tiene una prohibición de disponer en el registro
26/01/2023 14:41
Hola, me gustaría saber si se puede alquilar un piso que tiene inscrita en el registro una anotación preventiva de no poder disponer.
gracias
26/01/2023 15:33
Depende del contenido de esa anotación. Tendrá que consultar el registro pidiendo una nota extensa.
27/01/2023 11:57
Posiblemente lo único prohibido sea vender, pero no alquilar. Transcriba la anotación, tal como le pide Leonjbr. Será seguramente prohibir una traslación del dominio (enajenar).

¿La anotación la pidió Hacienda? Pues pague y pida el levantamiento ¿está impuesta en un testamento, en qué condiciones?

Los usufructos inscritos, como nota de pasada, sí pueden ser objeto de prohibición de disponer. La prohibición de arrendar en los contratos de hipoteca es muy común pero no creo que sea el caso (preventiva) ¿o si?

Los contratos de alquiler no entran en conflicto con el Registro, porque usualmente no se inscriben. Aunque se pueden inscribir si uno quiere.

De momento y provisionalmente croe que sí puede arrendar.